DEPENDE. Tienes que tener en cuenta lo siguiente:
La salida prolongada al extranjero cuando se es beneficiario de prestaciones por desempleo está sólo autorizada para trabajar, buscar trabajo, formarse profesionalmente o trabajar en cooperación internacional.
- Si te marchas al extranjero por alguna de las razones anteriores y permaneces allí menos de un año, se interrumpe el abono de la prestación o subsidio. Al volver a España, si estás en desempleo, puedes solicitar la reanudación de la prestación interrumpida.
- Si permaneces en el extranjero un año o más y al volver a España estás en desempleo, no tienes derecho a reanudar la prestación interrumpida.
Sin embargo, si eres español y regresas de un país no perteneciente a la Unión Europea, Australia o Suiza, podrías tener derecho a un subsidio para emigrantes retornados.
Si te trasladas al extranjero por otra causa distinta de las anteriores, debes solicitar autorización en tu oficina de prestaciones.
En cualquier caso, confirma con el Inem que no tengas que presentar ningún trámite ni justificante antes de irte y deja todo bien aclarado para evitar tener problemas.
Salu2
Marta Rodrigo:
¿Puedo irme a otro país para hacer un curso estando cobrando el paro? Gracias