La finalización del contrato de aprendizaje por la duración del tiempo estipulado en el contrato no da derecho a ningún tipo de indemnización al trabajador, no obstante sí que tendrá derecho a finiquito.
Para dar por extinguido el contrato, se requiere denuncia de alguna de las partes y notificación con antelación mínima de 15 días a su terminación. Si la empresa incumple el preaviso, deberá indemnizar con los días en que dicho plazo se haya incumplido. Si la finalización no se produce por el cumplimiento de la duración pactada, nos encontramos ante un despido que podrá ser, en función de las causas del mismo:
- Despido objetivo.
- Despido disciplinario.
Si no existe causa para el despido, o no se ha seguido el procedimiento adecuado, el trabajador podrá demandar por despido improcedente en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha del despido.
Rosa Maria:
Hola buenos días, tengo una cobsulta, acabó de entrar a un trabajo y me han hecho un contrato para la formación, mi pregunta es la siguiente.. ¿En el caso de que mi jefe me despidiera de un día a otro así porque si que derechos tengo? ¿En el caso de baja por enfermedad si me hecha a la calle que derechos tendría? Espero me contesten,gracias