Las reglas básicas del contrato de trabajo por tiempo determinado se encuentran en los artículos 74, 75, 76 y 77 de la Ley Orgánica del Trabajo aún vigente. El artículo 74 establece que "El contrato celebrado por tiempo determinado concluirá por la expiración del término convenido y no perderá su condición específica cuando fuese objeto de una prórroga", y continua... "En caso de dos (2) o más prórrogas, el contrato se considerará por tiempo indeterminado, a no ser que existan razones especiales que justifiquen dichas prórrogas y excluyan la intención presunta de continuar la relación"
Salu2.
raquel ribera roldan:
hola,mi consulta es si cuando te hacen 2 contratos de 6meses al proximo tienes que pasar a fija y a mi en vez de hacerme fija me han hecho una prologa de 3 meses mas.........es legal?que pasara conmigo cuando acabe esta prologa ? me pueden hacer mas ? o por el contrario me tendran que hacer fija.....gracias..