RE: Cuantías mínimas de las pensiones contributivas de 2013 hace 10 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por jesus:
Hola
Segun vuestra información de complemento de minimos "Con respecto a las pensiones causadas a partir de 1 de enero de 2013, para tener derecho al complemento para alcanzar la cuantía mínima de las pensiones, será necesario residir en territorio español. Para las pensiones causadas a partir de la indicada fecha, el importe de dichos complementos en ningún caso podrá superar la cuantía establecida en cada ejercicio para las pensiones de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva"
Para las pensiones causadas a partir del 1 de enero 2.013, ¿significa que son las solicitadas? o la persona que empieza a trabajar y a generarlas para el futuro?
Gracias.
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RE: Cuantías mínimas de las pensiones contributivas de 2013 hace 10 Años, 10 Meses
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Comentario enviado por María:
Hola, tengo 58 años y 12 años cotizados en el Régimen General de la Seguridad Social. Como es improbable que pueda encontrar trabajo para seguir cotizando, ¿existe algún sistema por el que pueda hacerlo pagándome yo misma las cuotas aunque no trabaje? ¿Durante cuánto tiempo tendría que cotizar de ser posible el hacerlo para tener derecho a la pensión mínima?
Muchas gracias por su rspuesta?
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RE: Cuantías mínimas de las pensiones contributivas de 2013 hace 10 Años, 10 Meses
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- www.tucapital.es/calculadoras/calculador...nsion-de-jubilacion/
Mariluz:
26 diciembre 2013 responder
hola, tengo 61 años, he cotizado 25 años en Alemania y en España he cotizado 5 años hasta el 2007, desde entonces estoy en el paro sin conseguir que me den un subsidio. Què jubilaciòn me pertenecerà en el 2017?
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RE: Cuantías mínimas de las pensiones contributivas de 2013 hace 10 Años, 10 Meses
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Las pensiones solicitadas a partir de 1 de enero de 2013.
Salu2.
jesus:
Hola
Segun vuestra información de complemento de minimos "Con respecto a las pensiones causadas a partir de 1 de enero de 2013, para tener derecho al complemento para alcanzar la cuantía mínima de las pensiones, será necesario residir en territorio español. Para las pensiones causadas a partir de la indicada fecha, el importe de dichos complementos en ningún caso podrá superar la cuantía establecida en cada ejercicio para las pensiones de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva"
Para las pensiones causadas a partir del 1 de enero 2.013, ¿significa que son las solicitadas? o la persona que empieza a trabajar y a generarlas para el futuro?
Gracias.
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RE: Cuantías mínimas de las pensiones contributivas de 2013 hace 10 Años, 10 Meses
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Sí, o te das de alta en autónomos o te suscribes a un convenio con la Seguridad Social durante al menos 3 años para alcanzar los 15 años necesarios para tener derecho a una pensión.
La pensión mínima se puede obtener con 15 años cotizados, siempre que tengas derecho a un complemento a mínimos:
En los términos que reglamentariamente se determinen, tendrán derecho a percibir los complementos necesarios para alcanzar la cuantía mínima de pensiones los pensionistas del sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, que no perciban durante 2014 rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y computados conforme al artículo 50 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, o que, percibiéndolos, no excedan de 7.080,73 euros al año.
Para acreditar las rentas e ingresos, la Entidad Gestora podrá exigir al pensionista una declaración de los mismos y, en su caso, la aportación de las declaraciones tributarias presentadas.
No obstante, los pensionistas del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, que perciban ingresos por los conceptos indicados en cuantía superior a la cifra señalada en el párrafo primero de este apartado, tendrán derecho a un complemento por mínimos cuando la suma en cómputo anual de tales ingresos y de los correspondientes a la pensión ya revalorizada resulte inferior a la suma de 7.080,73 euros más el importe, en cómputo anual, de la cuantía mínima fijada para la clase de pensión de que se trate.
En este caso, el complemento para mínimos consistirá en la diferencia entre los importes de ambas sumas, siempre que esta diferencia no determine para el interesado una percepción mensual conjunta de pensión y complemento por importe superior al de la cuantía mínima de pensión que corresponda en términos mensuales. A los solos efectos de garantía de complementos para mínimos, se equipararán a ingresos de trabajo las pensiones públicas que no estén a cargo de cualquiera de los regímenes públicos básicos de previsión social.
Las cantidades a tanto alzado y los pagos periódicos abonados, con carácter compensatorio, a los pensionistas españoles, al amparo del Acuerdo celebrado entre España y el Reino Unido, el 18 de septiembre de 2006, no se computarán a ningún efecto para el reconocimiento de los complementos para alcanzar la cuantía mínima de las pensiones.
Se entenderá que concurren los requisitos indicados en los párrafos anteriores cuando el interesado manifieste que va a percibir durante 2014 rendimientos computados en la forma señalada en el apartado Uno, por cuantía igual o inferior a 7.080,73 euros.
Los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad contributiva que a lo largo del ejercicio 2014 perciban rentas acumuladas superiores al límite a que se refiere el párrafo anterior, están obligados a comunicar tal circunstancia a las Entidades Gestoras en el plazo de un mes desde que se produzca.
Para acreditar las rentas e ingresos las Entidades Gestoras de la Seguridad Social podrán en todo momento requerir a los perceptores de complementos por mínimos una declaración de éstos, así como de sus bienes patrimoniales y, en su caso, la aportación de las declaraciones tributarias presentadas.
Con respecto a las pensiones causadas a partir de 1 de enero de 2013, para tener derecho al complemento para alcanzar la cuantía mínima de las pensiones, será necesario residir en territorio español. Para las pensiones causadas a partir de la indicada fecha, el importe de dichos complementos en ningún caso podrá superar la cuantía a que se refiere el apartado 2 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
Salu2.
María:
Hola, tengo 58 años y 12 años cotizados en el Régimen General de la Seguridad Social. Como es improbable que pueda encontrar trabajo para seguir cotizando, ¿existe algún sistema por el que pueda hacerlo pagándome yo misma las cuotas aunque no trabaje? ¿Durante cuánto tiempo tendría que cotizar de ser posible el hacerlo para tener derecho a la pensión mínima?
Muchas gracias por su rspuesta?
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RE: Cuantía mínima de las pensiones contributivas 2012 hace 10 Años, 10 Meses
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La pensión es el 20% de la base reguladora.
Mira a ver si has calculado bien la base reguladora:
- Si el fallecido se encontraba en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del atentado, se determina dividiendo por 14 el resultado de multiplicar por 12 la última base mensual de cotización.
- Si el fallecido no se encontraba en alta o situación asimilada en el momento de producirse aquél, se tomará como base mensual de cotización la base mínima del Régimen General (cuantía del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementada en un sexto).
- Si el fallecido tuviese la condición de pensionista de la Seguridad Social, se tomará como base reguladora la correspondiente a la pensión que viniera disfrutando, actualizando la misma conforme a la evolución experimentada por el IPC desde el mes de determinación de la base reguladora hasta el segundo mes anterior al que se produjera la comisión del atentado.
Salu2.
Antonia Garcia Martinez:
Como puedo calcular la pensión de orfandaz si la base reguladora era de 415,66?
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RE: Cuantías mínimas de las pensiones contributivas de 2013 hace 10 Años, 9 Meses
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Comentario enviado por Maria:
Soy minusválida física, tengo un 75,5%. Estoy cobrando una no contributiva, quiero pasarme a la prestación de hijo a cargo. Me gustaría saber exactamente que copago tiene al mes y si tenemos un máximo de ingresos anual.
Muchas gracias
Maria
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