Comentario enviado por Paco:
Llevo cotizado en el régimen general y por tanto para el desempleo sobre unos 15 años, con fecha 30 de septiembre de 2010 me di debaja en la empresa tras un acuerdo, para darme de alta de autónomo con fecha 1-11-2010, mis pregunta es la siguiente: 1.-si cotizo para el desempleo en el régimen de autónomo y después de un tiempo por circunstancias me tuviese que dar de baja de 2 ó 3 años, me contabilizarián para cobrar la prestación de desempleo los años cotizados en el régimen genera.
2.- Si he cobrado la el pago único me afectari en algo.