Comentario enviado por Jaime:
Gracias por la respuesta, pero el primer punto que me pones, lo de esperar 12 meses me da que no es asi, teniendo una discapacidad. El mensaje que he recibido del SEPE porque tenia mis dudas es el siguiente:
"No tendrán derecho a la admisión al Programa, las personas que tengan la inscripción como demandante de empleo suspendida por Incapacidad Temporal en el momento de la solicitud de admisión al Programa de la Renta Activa de Inserción hasta que finalice la situación de suspensión de la demanda".
Por lo tanto, podrá solicitar la admisión al Programa una vez que obtenga el alta médica y activada la inscripción como demandante de empleo".
Es decir: una vez solicitada el alta médica podría solicitar mi segunda RAI y no tendria que esperar 12 meses. Es lo que yo entiendo. Gracias
Jaime:
Tengo una discapacidad >33% y actualmente estoy de baja médica en el SEPE cobrando la RAI.
Mis dos preguntas son:
1)Una vez pasado el mes de espera sin cobrar la RAI (11 meses + 1 mes de espera), ¿tendría derecho a solicitar mi segunda RAI estando de baja médica previamente?.
2)Si pasases un tribunal médico y te declarase una incapacidad permanente, ¿Podrías seguir cobrando la RAI?
Gracias.