SEPE indica que "Si estás cobrando prestación contributiva, subsidio por desempleo o la Renta Activa de Inserción, y te trasladas al extranjero por cualquier causa, si la estancia en el extranjero es por un período continuado o no, superior a 15 días y de hasta 90 días naturales, como máximo dentro de cada año natural, las prestaciones se suspenden, siendo obligatoria la comunicación previa de la salida al Servicio Público de Empleo Estatal y que sea autorizada por éste."
Como la comunicación de este hecho, acarrea la suspensión de la ayuda, y no hacerlo supone una infracción grave que conlleva la extinción de la ayuda.
Salu2.
Alberto Tierrez:
Hola, la dirección provincial del SEPE me ha enviado una notificación donde me sancionan con la extinción del paro y devolución de la cantidad recibida durante un año y medio por salir al extranjero durante 20 días sin avisar. ¿Esto es así? ¿se puede hacer algo?¿se puede interponer un recurso? Me parece una exageración. Muchas gracias