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Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo
#166812
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 8 Meses Karma: 60
Te notificación vía correo.

Salu2.

sandra:
si rechazas una oferta de trabajo el inem te retira la prestacion 3 meses a modo de sancion pero com avisa de esas sanciones?

gracias
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#166993
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 7 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Fignon:

Preguntas por qué lo sancionaron? Te lo digo yo sin ver el Acta de la Inspección de la SS: Por defraudar a la Seguridad Social; es decir robarte a ti, a mí y a todos los contribuyentes. 8 años a tiempo parcial, pactan una subida ficticia a 40 horas, para cobrar el paro y el resto de los subsidios a tiempo completo.

"mi sorpresa fue q a los seis meses justo me despiden"

De verdad que si es tal cual lo cuentas, no se puede ser más torpe...

Contestando a tu pregunta, las cotizaciones están gastadas, porque no te han revocado el paro (que sería como no haberlo aprobado), sino que te lo han extinguido por sanción (infracción muy grave), y esto implica que las cotizaciones se dan por gastadas.

luis:
Buenas, mi pregunta es la siguiente, estuve trabajando en una empresa, 8 anos , a tiempo parcial, los seis últimos meses firme un contrato a tiempo completo, mi sorpresa fue q a los seis meses justo me despiden, estuve cobrando el paro seis meses, entonces hubo una inspección, y me sancionaron mí y ala empresa, tengo q devolver lo cobrado durante esos , seis meses, cuando devuelva las cantidades, en q situación me queda todos los anos cotizados atrás, lo pierdo?
anonimo
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#166994
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 7 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Fignon:

El SEPE ya no te puede sancionar por eso. El constitucional dice que no tiene competencia, porque el seguimiento de las políticas activas de empleo (al igual que la demanda) está transferido a las CCAA.

Ahora bien, depende mucho de tu comunidad. En cada una hay un servicio de empleo distinto. En el de mi comunidad, no te sancionarían en la vida, porque básicamente pasan de todo...

Si el Servicio Autonómico te sanciona, que sí puede hacerlo, entonces es el SEPE el que ejecuta la sanción, retirándote x tiempo la prestación.

En este caso, yo creo que deberías recibir 2 cartas, la del servicio autonómico que impone la sanción y la del servicio público estatal que la ejecuta.

Esto es un puto lío, ya lo sé. Pero es lo que tenemos con el gran sistema dual de protección por desempleo...

sandra:
si rechazas una oferta de trabajo el inem te retira la prestacion 3 meses a modo de sancion pero com avisa de esas sanciones?

gracias
anonimo
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#167170
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 7 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Anonimo:

Buenas tardes.
Mi tema es sobre la ayuda RAI. La empecé a cobrar el 18.02.2015 hasta el 06.06.2015 que empecé a trabajar (4 meses) y el 16.04.2016 tuve un despido improcedente. Aún no podía cobrar el paro porque me faltaban 40 días y la funcionaria me dijo de reactivar el RAI.
Al mes encontré de nuevo trabajo y por lo visto ellos "no lo detectaron" y en lugar de cobrar el 25 % durante 6 meses cobré el importe íntegro durante 7 meses que fué cuando se acabó.
Resulta que el pasado mes me presenté "yo" en el SEPE un escrito para avisar de éste tema porque ya no sabía si había sido error suyo o mio y allí nadie se aclaraba. Me han enviado hoy una carta donde me piden 3152,40 € porque me dicen que el 25.04.2016 ellos me reactivaron la ayuda RAI cuando tras haber estado más de 6 meses trabajando debería de haber causado baja de ésta ayuda.
Total, que no entiendo como ellos mismos me reactivaron la ayuda y ahora se contradicen y tengo que devolver la cantidad íntegra cuando entiendo que habiendo sido culpa de ellos por reactivarla, en caso de devolverla creo que no me corresponde pagarla íntegra puesto que se le tendría que descontar los 426 € de un mes en desempleo más los 6 meses ya activo donde se percibiría el 25% (es decir, 639 €) = Lo que hace un total de 1065 € que descontados de los 3152,40 € que me piden quedarían en 2087 euros.
Entiendo que yo haya cometido un error por no haber avisado de que había encontrado trabajo puesto que son ellos cuando detectan que te han dado de alta en una empresa te envían un aviso y dejas de percibir la ayuda, pero no creen que fue error también de ellos?
¿Qué puedo hacer?

Muchas gracias.
anonimo
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#167240
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 7 Meses Karma: 60
Debiste avisar, y solicitar el cambio de la ayuda completa a uno de 25%.

Salu2.

Anonimo:
Buenas tardes.
Mi tema es sobre la ayuda RAI. La empecé a cobrar el 18.02.2015 hasta el 06.06.2015 que empecé a trabajar (4 meses) y el 16.04.2016 tuve un despido improcedente. Aún no podía cobrar el paro porque me faltaban 40 días y la funcionaria me dijo de reactivar el RAI.
Al mes encontré de nuevo trabajo y por lo visto ellos "no lo detectaron" y en lugar de cobrar el 25 % durante 6 meses cobré el importe íntegro durante 7 meses que fué cuando se acabó.
Resulta que el pasado mes me presenté "yo" en el SEPE un escrito para avisar de éste tema porque ya no sabía si había sido error suyo o mio y allí nadie se aclaraba. Me han enviado hoy una carta donde me piden 3152,40 € porque me dicen que el 25.04.2016 ellos me reactivaron la ayuda RAI cuando tras haber estado más de 6 meses trabajando debería de haber causado baja de ésta ayuda.
Total, que no entiendo como ellos mismos me reactivaron la ayuda y ahora se contradicen y tengo que devolver la cantidad íntegra cuando entiendo que habiendo sido culpa de ellos por reactivarla, en caso de devolverla creo que no me corresponde pagarla íntegra puesto que se le tendría que descontar los 426 € de un mes en desempleo más los 6 meses ya activo donde se percibiría el 25% (es decir, 639 €) = Lo que hace un total de 1065 € que descontados de los 3152,40 € que me piden quedarían en 2087 euros.
Entiendo que yo haya cometido un error por no haber avisado de que había encontrado trabajo puesto que son ellos cuando detectan que te han dado de alta en una empresa te envían un aviso y dejas de percibir la ayuda, pero no creen que fue error también de ellos?
¿Qué puedo hacer?

Muchas gracias.
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#167699
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Anonimo:

Hola buenas, quería saber sobre una duda que tengo a un amigo se le a pasado hoy el sellar porque esta con el tema de abrir un negocio y sele a pasado esta con los papeleos, y a pedido el pago unico y selo concedieron hace unas semanas cobrará todo este mes, mi pregunta es pueden sancionarlo por ello?
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#167706
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 6 Meses Karma: 60
Debe de sellar cuanto antes.

Una obligación es mantener la demanda de empleo al día, salvo que ya haya solicitado el pago único y dado de alta en la demanda.

Si finalmente es sancionado, y si es la primera vez que incurre en esa infracción, la sanción es de 1 mes de ayuda.

Salu2.

Anonimo:
Hola buenas, quería saber sobre una duda que tengo a un amigo se le a pasado hoy el sellar porque esta con el tema de abrir un negocio y sele a pasado esta con los papeleos, y a pedido el pago unico y selo concedieron hace unas semanas cobrará todo este mes, mi pregunta es pueden sancionarlo por ello?
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#168735
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por maris:

Buenas tardes, me gustaria hacer una consulta. Expongo los datos de la misma:

- Pareja no casada ni de hecho que tienen un hijo menor en común.
- Un mes antes de que ella agote el paro, dejan de convivir juntos por problemas de pareja. Ella tramita la ayuda por hijo a cargo como monoparental, el sepe aprueba el expediente y no le pide convenio regulador ni nada, ni tampoco existia porque no se había iniciado ningún proceso de separación. ( Esto ocurre a principios del año 2012, por lo visto no había el control que hay ahora ni en la petición inicial ni en las renovaciones que se podían hacer por internet)

- A los 2 meses se solucionan los problemas de pareja y el padre y la madre vuelven a convivir juntos. Ella sigue cobrando la ayuda durante 24 meses, en el sepe le van renovando las prórrogas automáticamente por internet ( hasta principios de 2015) y él durante todo ese tiempo tiene trabajo por cuenta ajena con un salario bruto mensual de unos 1.600€. Por lo tanto estaríamos hablando de un cobro indebido, ya que por desconocimiento, se superaba el límite de rentas de la unidad de convivencia.

- A mediados de 2015, él pierde su trabajo. Ella ya no tiene ingresos, han seguido viviendo juntos todo el tiempo. Él empieza a cobrar la prestación por desempleo. Ya estamos en 2017, dentro de 2 meses a él se le agota el paro. La sorpresa viene al consultar por internet los requisitos para que él pida ahora la ayuda familiar y darse cuenta que ella estuvo supuestamente cobrando, por desconocimiento, la ayuda de 426 durante 22 meses de forma indebida.

Con todos estos datos, se plantean varias preguntas sobre la mesa:

- Cuando vaya él a solicitar la ayuda este verano, ¿se podría percatar el Sepe del posible cobro indebido desde 2012 a 2014 por parte de ella al cruzar su DNI en la solicitud que él presenta, aunque realmente quien tiene el derecho adquirido sea él ?

- En caso afirmativo ¿Habría que devolver todo lo percibido o sólo lo correspondiente al período que está dentro de los últimos 4 años naturales ? He leído en otro sitio que todo lo que esté fuera de los últimos 4 años ya habría prescrito. Es decir, ahora mismo todo lo anterior a junio de 2013 ya no sería reclamable por el Sepe.

Es cierto que desconocimiento de la ley no exime su cumplimiento. El debate está en que si la sanción que pudiera venir es muy grande, igual es hasta mejor ir tirando de ahorros y no solicitar él la ayuda para que el Sepe no se percate de este asunto. Lógicamente hay inquietud por si el ordenador cruza los datos del DNI de ella y hace saltar el incidente.

Se agreceden por adelantado todas las respuestas. Por lo visto , hay un señor que trabaja en el Sepe y escribe en este foro. A ver si puede aportar su opinión.

Muchas gracias.
anonimo
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