RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 5 Meses
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Sí, ya que si pide ayuda por hijo a cargo, el hijo ya está a cargo de su madre que cobra la ayuda.
No ha comunicado nada al respecto cuando no cumplía las condiciones para percibir la ayuda. La sanción será la pérdida de la ayuda y la devolución de la ayuda.
El desconocimiento, no te exime de nada.
La verdad es que no sé qué recomendarte hacer:
1. no decir nada y tu no lo pides... y ella siga cobrando. ¿y si le pilla finalmente? pierdes tu la ayuda y ella le toca devolverlo.
2. decirlo, ella tiene que devolver toda la ayuda, pero tu puedes cobrarlo ahora.
3. no decir nada, y pedir tu la ayuda. Esperar que no se entere lo de tu pareja...
Salu2.
maris:
Buenas tardes, me gustaria hacer una consulta. Expongo los datos de la misma:
- Pareja no casada ni de hecho que tienen un hijo menor en común.
- Un mes antes de que ella agote el paro, dejan de convivir juntos por problemas de pareja. Ella tramita la ayuda por hijo a cargo como monoparental, el sepe aprueba el expediente y no le pide convenio regulador ni nada, ni tampoco existia porque no se había iniciado ningún proceso de separación. ( Esto ocurre a principios del año 2012, por lo visto no había el control que hay ahora ni en la petición inicial ni en las renovaciones que se podían hacer por internet)
- A los 2 meses se solucionan los problemas de pareja y el padre y la madre vuelven a convivir juntos. Ella sigue cobrando la ayuda durante 24 meses, en el sepe le van renovando las prórrogas automáticamente por internet ( hasta principios de 2015) y él durante todo ese tiempo tiene trabajo por cuenta ajena con un salario bruto mensual de unos 1.600€. Por lo tanto estaríamos hablando de un cobro indebido, ya que por desconocimiento, se superaba el límite de rentas de la unidad de convivencia.
- A mediados de 2015, él pierde su trabajo. Ella ya no tiene ingresos, han seguido viviendo juntos todo el tiempo. Él empieza a cobrar la prestación por desempleo. Ya estamos en 2017, dentro de 2 meses a él se le agota el paro. La sorpresa viene al consultar por internet los requisitos para que él pida ahora la ayuda familiar y darse cuenta que ella estuvo supuestamente cobrando, por desconocimiento, la ayuda de 426 durante 22 meses de forma indebida.
Con todos estos datos, se plantean varias preguntas sobre la mesa:
- Cuando vaya él a solicitar la ayuda este verano, ¿se podría percatar el Sepe del posible cobro indebido desde 2012 a 2014 por parte de ella al cruzar su DNI en la solicitud que él presenta, aunque realmente quien tiene el derecho adquirido sea él ?
- En caso afirmativo ¿Habría que devolver todo lo percibido o sólo lo correspondiente al período que está dentro de los últimos 4 años naturales ? He leído en otro sitio que todo lo que esté fuera de los últimos 4 años ya habría prescrito. Es decir, ahora mismo todo lo anterior a junio de 2013 ya no sería reclamable por el Sepe.
Es cierto que desconocimiento de la ley no exime su cumplimiento. El debate está en que si la sanción que pudiera venir es muy grande, igual es hasta mejor ir tirando de ahorros y no solicitar él la ayuda para que el Sepe no se percate de este asunto. Lógicamente hay inquietud por si el ordenador cruza los datos del DNI de ella y hace saltar el incidente.
Se agreceden por adelantado todas las respuestas. Por lo visto , hay un señor que trabaja en el Sepe y escribe en este foro. A ver si puede aportar su opinión.
Muchas gracias.
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RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por maris:
Gracias por tu respuesta. Al leerla, me surgen varias dudas.
¿ Opinas que el Sepe sancionaría los 2 expedientes ? Es decir, ¿ el de ella de 2012 a 2014 y el de él que comenzaría en verano de 2017 ? Osea que opinas que le harían hacer devolver a ella toda la ayuda ( en teoría está toda prescrita, salvo los últimos 8 meses ) y que daría por extinguido el derecho sobre el subsidio que él presentaría ahora?.
maris:
Buenas tardes, me gustaria hacer una consulta. Expongo los datos de la misma:
- Pareja no casada ni de hecho que tienen un hijo menor en común.
- Un mes antes de que ella agote el paro, dejan de convivir juntos por problemas de pareja. Ella tramita la ayuda por hijo a cargo como monoparental, el sepe aprueba el expediente y no le pide convenio regulador ni nada, ni tampoco existia porque no se había iniciado ningún proceso de separación. ( Esto ocurre a principios del año 2012, por lo visto no había el control que hay ahora ni en la petición inicial ni en las renovaciones que se podían hacer por internet)
- A los 2 meses se solucionan los problemas de pareja y el padre y la madre vuelven a convivir juntos. Ella sigue cobrando la ayuda durante 24 meses, en el sepe le van renovando las prórrogas automáticamente por internet ( hasta principios de 2015) y él durante todo ese tiempo tiene trabajo por cuenta ajena con un salario bruto mensual de unos 1.600€. Por lo tanto estaríamos hablando de un cobro indebido, ya que por desconocimiento, se superaba el límite de rentas de la unidad de convivencia.
- A mediados de 2015, él pierde su trabajo. Ella ya no tiene ingresos, han seguido viviendo juntos todo el tiempo. Él empieza a cobrar la prestación por desempleo. Ya estamos en 2017, dentro de 2 meses a él se le agota el paro. La sorpresa viene al consultar por internet los requisitos para que él pida ahora la ayuda familiar y darse cuenta que ella estuvo supuestamente cobrando, por desconocimiento, la ayuda de 426 durante 22 meses de forma indebida.
Con todos estos datos, se plantean varias preguntas sobre la mesa:
- Cuando vaya él a solicitar la ayuda este verano, ¿se podría percatar el Sepe del posible cobro indebido desde 2012 a 2014 por parte de ella al cruzar su DNI en la solicitud que él presenta, aunque realmente quien tiene el derecho adquirido sea él ?
- En caso afirmativo ¿Habría que devolver todo lo percibido o sólo lo correspondiente al período que está dentro de los últimos 4 años naturales ? He leído en otro sitio que todo lo que esté fuera de los últimos 4 años ya habría prescrito. Es decir, ahora mismo todo lo anterior a junio de 2013 ya no sería reclamable por el Sepe.
Es cierto que desconocimiento de la ley no exime su cumplimiento. El debate está en que si la sanción que pudiera venir es muy grande, igual es hasta mejor ir tirando de ahorros y no solicitar él la ayuda para que el Sepe no se percate de este asunto. Lógicamente hay inquietud por si el ordenador cruza los datos del DNI de ella y hace saltar el incidente.
Se agreceden por adelantado todas las respuestas. Por lo visto , hay un señor que trabaja en el Sepe y escribe en este foro. A ver si puede aportar su opinión.
Muchas gracias.
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RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por maris:
Buenas noticias !! Tantas entrevistas de trabajo han dado su fruto! Uno de los 2 empieza a trabajar este lunes para la campaña de verano en una empresa y ya no tenemos que precoparnos más por este tema. Ojala que el contrato luego sea para más meses ! Gracias por vuestro tiempo !!
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RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 5 Meses
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No, tu expediente siempre quedará limpio. La sanción es para ella.
Salu2
maris:
Gracias por tu respuesta. Al leerla, me surgen varias dudas.
¿ Opinas que el Sepe sancionaría los 2 expedientes ? Es decir, ¿ el de ella de 2012 a 2014 y el de él que comenzaría en verano de 2017 ? Osea que opinas que le harían hacer devolver a ella toda la ayuda ( en teoría está toda prescrita, salvo los últimos 8 meses ) y que daría por extinguido el derecho sobre el subsidio que él presentaría ahora?.
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RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 5 Meses
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Enahorabuena, nos alegramos mucho.
Suerte en tu empleo y que sea por muchos muchos años.
Salu2.
maris:
Buenas noticias !! Tantas entrevistas de trabajo han dado su fruto! Uno de los 2 empieza a trabajar este lunes para la campaña de verano en una empresa y ya no tenemos que precoparnos más por este tema. Ojala que el contrato luego sea para más meses ! Gracias por vuestro tiempo !!
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Re: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 4 Meses
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Hola.
Si me sancionan con una falta grave, tres meses de suspensión, a partir de que momento es efectiva la sanción?
Puede ser retroactiva? con ello quiero decir si me pueden hacer devolver los tres meses o alguno de ellos cobrados con anterioridad a la sanción o no.
Gracias.
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RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 3 Meses
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Comentario enviado por Hibdi:
Hola buenas me sancionaron el imen por 1 mes ya que no acudir a la cita ya pasó el mes me tengo que presentar imen ya que la chica me dijo que se activa sola
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RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 3 Meses
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Si te dijeron eso...
Pero si quieres quedarte tranquilo, vete a SEPE y asegúrate que te lo reactivan.
Salu2.
Hibdi:
Hola buenas me sancionaron el imen por 1 mes ya que no acudir a la cita ya pasó el mes me tengo que presentar imen ya que la chica me dijo que se activa sola
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