Comentario enviado por Verónica:
Buenas tardes:
Yo estoy cobrando el subsidio desde Enero de 2012 y acabo de recibir una carta de comparecencia en la que me reclaman para que presente las nóminas de mi marido del mes de Noviembre 2012 y/o Finiquito.
Únicamente con las nóminas no sobrepasamos el importe máximo de los 483.98, pero con el finiquito sí.
Yo pensaba que el finiquito no computaba como renta, ¿estoy en lo cierto o estoy equivocada?
¿cómo me puede afectar que consideren que lo he sobrepasado?
Muchas gracias. Un saludo.