Comentario enviado por Jose Garcia:
Despues de agotar la prestación por desempleo,me concedieron el subsidio especial para mayores de 45 años con cargas familiares que también he agotado en agosto, y acabo de solicitar el subsidio para mayores de 45 con cargas, del que espero respuesta. Estoy divorciado desde 2008 y en febrero de este año nos han dado la sentencia judicial de liquidación de gananciales y extincion de condominio, en que la vivienda se la adjudica ella y a mi se me da el contravalor de mi parte, es decir, el 50% según la tasación y en efectivo. ¿Esto lo debo declarar como ingreso al SEPE, no siendo una venta ni habiendo ganancia en la liquidación ?.