Comentario enviado por Fignon:
Entro ya sólo para hacerle la ola a tucaptal. Ya tenemos por la mano que es un pago único que ha de prorratearse entre 12 meses. La segunda parte, sobre el tiempo que el subsidio se suspende, si es un mes o un año, ninguna de las 2 cosas. Es un mínimo de un mes (no se puede tratar de reanudar en el mes inmediatamente posterior a la obtención de la renta - pago único- ) y un máximo de un 12 meses. Del tenor literal del texto, se puede desprender que durante el primer mes tras obtener la renta, no hay nada que rascar. NO SE PUEDE REANUDAR. Pasado ese mes, se puede solicitar la reanudación en todo momento, ya que esa renta no computará como tal, sino como rendimiento presunto (no voy a entrar ahora ahí, pero el cómputo es infinitamente más bajo). Efectivamente, pasado un año (de ahí esta cifra que confunde...) sin reanudar la prestación, la ley nos dice claramente que la misma se extingue. La cuestión es que JAMÁS se suspende un derecho por el plazo de un año. En toco caso, un derecho que se suspende por perder requisitos, puede mantenerse en esa exacta situación durante un máximo de un año, tras el cual (no se solicita reanudar o se hace pero no se vuelve a cumplir los requisitos) por ley, se extingue. Lioso, pero contumazmente veraz.
maria:
mi pregunta es que pasa con el subsidio para mayores de 52 años en el siguiente caso:
Persona que cobra subsidio para mayores de 52 años desde 2010.
hasta la edad de jubilación.
Tiene una hipoteca y deudas de préstamo personal, tarjeta de crédito y Hacienda desde 2008. Le toca un premio de la loteria y con ese dinero paga la mayor parte de las deudas..Es decir..que sigue quedándose sin más ingresos que los del subsidio.
Cómo interpreta esto el SEPE y qué hace con este caso.
Le quita el subsidio?
Gracias.