AYUDA: Autónomo trabajando unas horas semanales dentro de una empresa. hace 12 Años, 2 Meses
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Hola.
Soy un profesor de música y de guitarra y actualmente estoy trabajando por cuenta ajena en una academia 4 días a la semana, unas 12 horas semanales.
Quiero ponerme a dar clases particulares en una pequeña oficina que tiene alquilada una compañera, además de en mi casa, y para eso tengo que hacerme autónomo.
Lo que no quiero, es estar a la vez por cuenta ajena y como autónomo, porque aunque sé que se puede (que es legal), es una pérdida importante de dinero, al estar cotizando doblemente de forma inútil.
Lo que quiero es trabajar como autónomo también para la academia: Yo voy, 12 horas a la semana, doy mis clases, hago mi servicio, les facturo y ya está.
Pero mi jefa en la academia me dice que eso no es legal ya que se consideraría que estoy trabajando por cuenta ajena aunque esté dado de alta como autónomo.
En principio sí que es cierto que he visto que para que un autónomo trabaje de forma legal para una empresa ha de hacerlo fuera de las instalaciones de la empresa y con sus propios medios (un transportista con su vehículo propio, por ejemplo), sin embargo hay muchísimos ejemplos de trabajadores autónomos en los que esto no es así, por ejemplo, muchos teleoperadores son autónomos y trabajan DENTRO de la infraestructura y con los medios de una empresa. O muchos fontaneros, técnicos, informáticos... autónomos son contratados muchas veces DE FORMA HABITUAL para realizar reparaciones o tareas de mantenimiento para una empresa concreta, a modo de subcontratación. ¿Por qué yo no podría hacerlo?
Además, recuerdo que no estaría trabajando ni a jornada completa, ni sólo para una empresa, (que parecen ser los principales impedimentos para ser autónomo dentro de una empresa), si no que serían sólo 12 horas semanales en la academia, y luego ya por otro lado, todas las horas que pueda conseguir fuera, como profesor particular.
Estoy indagando sobre diferentes posibilidades como:
a) CONTRATO MERCANTIL. Ya lo he sugerido en la academia, pero igualmente mi jefa me ha dicho que tampoco se puede hacer eso, aunque no sé si es cierto o no.
b) Convertirme en AUTÓNOMO DEPENDIENTE de una empresa, concepto de reciente aparición. (Por si alguien desconoce qué es esto: blog.sage.es/emprendedores-autonomos/el-...y-el-falso-autonomo/) Entre las condiciones están, por ejemplo, que el trabajador ha de poner medios para realizar su trabajo (aunque sea una calculadora o un portatil en el caso de un contable). En mi caso, con ir con MI guitarra a dar las clases, supongo que valdría, no?
Pero otra condición es, que al menos el 75% de las ganancias mensuales han de provenir de la empresa de la que te declaras dependiente (la academia, en mi caso), cosa que al principio, con pocos alumnos PARTICULARES (de fuera de la academia), se iba a cumplir. Pero, ¿Qué ocurriría si me va bien con las particulares y voy teniendo más alumnos hasta el punto de que los ingresos por la academia sean inferiores al 75% de mis ingresos totales?
Si al final resulta que en esta situación uno está obligado a estar dado de alta a la vez en el regimen general por cuenta ajena (en la academia, en mi caso), y como autónomo (para dar las clases particulares), lo que se hace es obligar al trabajador a perder dinero y a malgastar tiempo de cotización (vida laboral), con lo que al final se "tienta" a la economía sumergida (Uno puede decir, "pues me quedo legal por cuenta ajena, y ya daré mis clases "sumergidas" y listo)
No sé si existirá alguna otra fórmula que las expuestas arriba que me pueda servir, pero vamos, me parecen muchísimas trabas para un trabajador que al fin y al cabo lo que quiere es hacerlo todo "bien y legal". No me extraña que luego la actividad económica y laboral esté como está en este país, si el organismo que trata de controlar el tema es a su vez fuente de problemas...
Un saludo.
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Re: AYUDA: Autónomo trabajando unas horas semanales dentro de una empresa. hace 12 Años, 2 Meses
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He estado investigando bastante. Llamar por teléfono a los organismos oficiales es una vergüenza. Llamé a la seguridad social, a Hacienda, incluso a inspecciones de trabajo, y todos se echan la pelota unos a otros. La última respuesta fué: "Lo que esté en las leyes y en el BOE, es lo que puedes hacer, más no te puedo decir". Leches, eso ya lo sé yo y para eso tengo internet.
En fin, la semana que viene tengo reunión con el asesor y con mi jefa. Voy a exponer lo siguiente, a ver si alguien me puede decir si es factible o no (de cara a una inspección de trabajo, por ejemplo):
AUTÓNOMO: (definición del BOE):“Persona física que realice de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, dé o no ocupación a otros trabajadores por cuenta ajena” (LEY 20/2007 ETA, Art 1)
Autónomo se designa al trabajador por cuenta propia, no asalariado, con un régimen de vinculación a la Seguridad Social diferente del régimen general.
Desarrolla una actividad económica.„ Realiza esta actividad por cuenta propia, a título lucrativo y de forma habitual
Notas características (importante):
- Ajeneidad: El trabajador decide los trabajos que acepta y el volumen de los mismos, siendo para él las ganancias. el trabajador autónomo asume el riesgo económico del negocio (tanto los beneficios como las pérdidas).
- Dependencia: el trabajador autónomo se encarga de la organización de su propio trabajo, disponiendo para ello de sus propios medios. El trabajador organiza el trabajo y decide cuándo acudir conforme las necesidades del cliente.
- Retribución: el trabajador autónomo no percibe una cantidad fija, sino variable en función de los trabajos realizados. Los ingresos mensuales no son estables. En el caso de trabajar para una empresa, No será su único ni principal ingreso y es fijado no para sí, sino por la realización de un servicio.
Ahora, unas notas sobre la figura del FALSO AUTÓNOMO (Fraude de ley):
- Se enmascaran bajo la figura del trabajador autónomo dependiente una relación laboral de tipo asalariado.
- Subordinación absoluta tanto técnica como organizativa y económica respecto de la empresa para la que presta sus servicios
- Existe relación laboral cuando: hay un horario específico, se disfrutan de vacaciones, permisos y descansos, se utilizan los medios técnicos y materiales del empresario, y se prestan los servicios bajo las instrucciones y supervisión del personal de la empresa.
Ahora, MIS APRECIACIONES por las cuales defiendo que puedo ser considerado autónomo para el caso de la academia, basándome en los puntos que acabo de exponer:
- AJENEIDAD: En la academia, yo no estaría sujeto a un número determinado de horas. ES MÁS, yo puedo DECIDIR si cojo a un alumno o no lo cojo, de forma que cuando se apunta un alumno nuevo, si yo no lo quiero por la razón que sea se lo pueden pasar a otro profesor y así yo hacer el número de horas/clases que estime conveniente. Osea yo decido el número de alumnos que quiero tener. Tener en cuenta también, que en cuanto a número de horas, estamos hablando de que estaría metiendo nada más que UN CUARTO DE LA JORNADA LABORAL, más o menos, en sólo TRES DÍAS A LA SEMANA. (Pues eso, unas 10 horas semanales distribuidas en 3 días)
Además, un punto importante que define al autónomo es la DIVERSIFICACIÓN de su trabajo, en cuanto a la diversidad de sitios o clientes con quienes las realiza. Por eso, yo NO TRABAJARÍA sólo para esta empresa (la academia). Trabajaría también en otra escuela de música en Haro (los sábados por la mañana), y con las CLASES PARTICULARES, que al ser particulares (valga la redundancia), cada alumno cuenta como un cliente diferente.
- DEPENDENCIA: Yo me encargo de la organización de mi propio trabajo. Así de claro. A mí nadie me dice cómo tengo que dar las clases, ni los contenidos o procedimientos que tengo que utilizar. Yo me organizo las clases a mi forma y NUNCA se me ha impuesto (ni se me va a imponer) por parte de la empresa la forma por la que tengo que realizar mi trabajo. Además, puedo organizarme la distribución de las horas COMO A MI ME PLAZCA. Si por ejemplo no puedo ir a la academia los martes, pues me paso las clases al miércoles, o si quiero ponerme por ejemplo un día sólo dos horas porque tengo otra actividad puedo hacerlo. O incluso si tengo clases un lunes pero me surge algún problema, puedo hablar con los alumnos y cambiar la clase de día, incluso para recuperarla a otra semana o a otro mes. Así mismo EN CUANTO A LOS MEDIOS, es tan sencillo como llevar yo MI material de trabajo al aula (MIS guitarras, MIS atriles, MIS cables, etc... Si fuera preciso llevaría hasta sillas MÍAS de casa)
-RETRIBUCIÓN: Yo no cobraría un fijo todos los meses, si no el equivalente a las horas trabajadas y facturadas. Eso quiere decir, por ejemplo que si hay un DÍA FESTIVO y yo no doy clase, ese día, o esas clases YO NO LAS COBRO. Así mismo, un mes puedo trabajar 40 horas, por ejemplo y al otro 60 horas, en función del número de días festivos, de los días que tenga el mes (no es lo mismo febrero que Mayo, por ejemplo), de si se han apuntado o borrado alumnos, etc... Así que yo cobraría única y exclusivamente lo que haya trabajado ese mes según el número de horas/clases realizadas.
Así, que rebatiendo los puntos que definen al FALSO AUTÓNOMO, yo NO tendría una subordinación absoluta tanto técnica como organizativa y económica respecto de la empresa para la que presta sus servicios; y yo NO tendría un horario específico, NI DISFRUTARÍA DE VACACIONES, permisos ni descansos; podría usar MIS PROPIOS medios técnicos y materiales, y NO prestaría mis servicios bajo las instrucciones o supervisión del personal de la empresa.
Si todo esto todavía no sirve para defender las razones por las cuales yo creo que puedo ser considerado autónomo, aún trabajando parcialmente en una empresa, por favor que me expliquen cómo lo hacen por ejemplo, los profesores de ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES (teatro, baile, informática, GUITARRA...) que van a los colegios o a asociaciones, etc... a dar clases un par de días a la semana. Porque que yo sepa toda esta gente son autónomos, lo que hacen es perfectamente legal y están en la misma situación que yo (Autónomo que va "x" días a la semana a prestar su servicio como profesor a un sitio, además de tener otras actividades laborales fuera de ese sitio).
Vamos, que alguien me lo explique...
Un saludo.
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