He solicitado el cobro de mi prestación por desempleo en su modalidad de pago único porque vamos a constituir una SLL.
Me comentan desde el Inem que en la resolución, que es postiva, pero que aun no he recibido, hacen depender el cobro del pago único a que tengamos la sociedade constuida previamente y registrada en el Registro Mercantil.
En la normativa se señala que hay un plazo de un mes (¿desde la notificación de la resolución o desde el cobro?)para darse de alta en el regimen correspondiente de la Seg.Social.
Pero no nos podemos dar de alta si antes no tenemos constituida la sociedad y para ello necesitamos el dinero del pago único para aportar en el momento de la constitución.
Me gustaría que alguien me aclarara estos plazos.