Comentario enviado por Asuncion:
Hola de nuevo, voy a intentar explicarlo lo mejor posible, es una poliza de seguro misto, un plan de ahorro concretamente CAVALSEGUR la forma de pago es al termino de vigencia en una unica paga, releyendo la poliza hay un articulo (el 23) que dice "El tomador/asegurado podra ceder o pignorar la poliza, comunicandolo por escrito debidamente intervenido por notario, y fehacientemente notificado al asegurador, siempre que no haya sido designado beneficiario con caracter irrevocable. (yo no veo la palabra irrevovable por ningun sitio) La cesion o pignoracion de la poliza implica la revocacion de beneficiario". A partir de aqui no podia ceder dicha poliza a mi conyuge y que las rentas se le imputasen a el??
SALUDOS Y GRACIAS POR RESPONDER