Dejé de trabajar en Junio-2010, consecuencia de un ERE con la empresa.
Cobré 2 años de paro y ahora estoy pagando las cuotas por el convenio especial establecido.
A finales de Noviembre-2012 me jubilaré anticipadamente al cumplir los 61 años de edad y con algo más de 43 años cotizados. Tras hacer el pre-cálculo de la pensión a percibir, con la ayuda del programa de la propia Seguridad Social, el resultado de mi pensión (caso de tener los 65 años) sería de 2.596,50 € (superior a la máxima establecida para 2012 que es de 2.522,89 €).
Dado que también sé que me habrán de descontar un 6% por cada año que falte hasta cumplir los 65 años, mi pregunta es la siguiente:
¿ Sobre qué base se realizará este descuento ?
• Sobre los 2.596,50 €, que, una vez efectuado el descuento del 24% (4x6%), quedaría la pensión del primer año en 1.973,34 €, o bien
• Sobre los 2.522,89 €, que, una vez efectuado el descuento del 24% (4x6%), quedaría la pensión del primer año en 1.917,40 €.
• Y para los 3 años sucesivos: ¿Cuál sería la base a contemplar para cada año?
La lógica me hace pensar que una vez realizados todos los incrementos y/o descuentos que correspondan, si el resultado final fuera superior a la pensión máxima, sería de aplicación ésta última.
Sin embargo, no encuentro en la legislación sobre qué base debe hacerse tal descuento.
Saludos y muchas gracias