Buenas, les cuento. En mi empresa nos han comunicado que se pretende hacer un ERE de reducción de jornada a todos los trabajadores. Aún no sabemos de cuánto tiempo (se rumorea que de 6 meses), ni cuándo empezará (se supone que para 01/01/13), ni de qué porcentaje de la jornada será (se rumorea que del 10-20%). Y me surgen las siguientes dudas al respecto que me gustaría tener claras antes de la negociación:
Suponiendo que nos reduzcan la jornada un 20% tengo entendido que la empresa nos paga el 80% del salario y el INEM el 20% de la jornada restante como si estuvieras en el paro, es decir el 70% de mi base de cotización correspondiente a ese 20%, ¿es así?
Otra duda es si al cobrar paro, se descuenta de mi tiempo de paro acumulado durante los años que he estado trabajando y de ser así, se descontaría un día completo o la parte proporcional a ese 20%.
Otra duda es que si al finalizar el ERE me despiden, el cálculo de mi prestación por desempleo se hace en referencia al suelo correspondiente al 80% de la jornada o en referencia al 100%
Otra duda es que si al reducirme la jornada, yo puedo elegir cómo hacer esa reducción (más horas un día y menos otros o librar un día completo, etc.) o la empresa es la que decide.
Gracias de antemano.