Hola a todos!!!
Os escribo porque tengo varias dudas en relación a la finalización de un contrato y el despido de otro puesto de trabajo.
En principio, creo que lo importante es que os cuente brevemente mi situación. Desde hace año y medio, trabajo en dos empresas a tiempo parcial.
- Empresa 1: Contrato por obra y servicio que finaliza el 31 de Diciembre de 2012 y jornada laboral de 3 horas/día. En mi vida laboral aparece que la C.T.P. - % sobre la jornada habitual de la empresa, es del 40%.
- Empresa 2: Contrato indefinido y jornada laboral de 3 horas/día. En mi vida laboral aparece que la C.T.P. - % sobre la jornada habitual de la empresa, es del 66.6%. Por motivos económicos y de carga de trabajo actual me han confirmado que mi echan a fecha de 31 de Diciembre (todavía no tengo los papeles).
PREGUNTA 1: Todavía me quedan vacaciones por disfrutas en las dos empresas. La empresa 2 me ha dicho que no me va a pagar vacaciones, que el día 15 o 16 (aproximadamente) me iré a disfrutar de mis vacaciones y que el día 31 acaba el contrato. Sin embargo, la empresa 1 (en la que trabajo 3 horas al día) me ha dicho que si me interesa ir a trabajar hasta el día 31, día que se acaba mi contrato y que me pagan las vacaciones. La fecha de finalización de contrato no puede ser posterior a 31 de Diciembre, se acaba contrato y programa. En principio si que me interesa trabajar, entiendo que siempre será un poco más de dinero... sin embargo, si no se puede terminar el contrato después del día 31 de diciembre,
bajo ningún concepto, ¿estos días "de más" no cotizan? ¿Cómo tiene que gestionarse? ¿Qué papeles o cómo tendría que venir especificado en el finiquito? Y en caso de que pueda cotizar esos días "de mas", ¿me interesa cogerlo o no? Es que hasta dónde yo sé, la prestación por desempleo se calcula en base a los últimos 180 días cotizados... por lo que si hay días que sólo cotizo lo correspondiente a 3 horas al día, estoy pensando que probablemente no me compense trabajar esos días de vacaciones porque la prestación por desempleo me disminuiría, ¿no? ¿Cuales son mis derechos y qué me recomendáis?
PREGUNTA 2: Cuando empecé a trabajar, mis empresas estaban acogidas a un convenio que marcaba que la jornada laboral era de 7,5 horas/día. Este convenio ha sido anulado y desde marzo tenemos un nuevo convenio en el que la jornada laboral es de 8 horas/días, pero parece que no lo han cambiado a nivel de la seguridad social, porque como podéis comprobar (según ecplicaba antes) mi CTP total en estos momentos, según mi vida laboral, es d el 106,6% aunque tendría que ser del 100%. Realmente, no me importa mucho (debería?)lo que aparece en mi vida laboral a este respecto, lo que me preocupa es cómo se calcula la prestación por desempleo. Mi base de cotización total, hoy en día, con los dos contratos es de 1500 euros al mes, así ¿la prestación por desempleo se calcularía en base a esto o a 1400 euros que sería lo correspondiente al 100% de lo indicado en la vida laboral?
PREGUNTA 3: Mi convenio indica que tengo 31 días naturales de vacaciones al año y ha disfrutado 18 (de los cuales 6 correspondían a fines de semana y otro al 15 de agosto que también era fiesta). Según convenio, el 24 y 31 de diciembre son fiesta. Como no tengo papeles de la finalización del contrato todavía, se pueden empeñar a descontar desde el 31 de diciembre, empezando mis vacaciones el día 19 de diciembre. A mi no me parece justo, porque entonces de 31 días naturales de vacaciones, en realidad 14 habrían correspondido a fines de semana o días festivos. Aunque no fuese realmente justo (o a mi me lo parece), ¿legalmenete tienen derecho de poder hacerlo así? ¿Hay alguna manera en la que me pueda negar a que sea así? Para mi lo justo sería que de los 13 días que me quedan 2 sean correspondientes a fin de semana, pero no más, y no quiero que me sigan tomando el pelo.
Espero haber sabido explicarme.
UN MILLÓN DE GRACIAS DE ANTEMANO!!!
Un saludo.