Buenos días, quisiera hacer dos consultas, una sobre mi persona y otra de mi marido.
Gracias anticipadas.
-----En mi caso, tengo 58 años y desde hace 7, al acabar la prestación por desempleo, vengo cobrando la ayuda de mayores de 52 años (426 euros)que tengo reconocida hasta la edad de los 65 años, tengo 34 años cotizados Mi pregunta es, si yo puedo jubilarme antes o debo esperar a los 65 años y como que cantidad me quedaría, que supongo será mínima al cotizar por lo mínimo-
---Mi marido, así mismo tiene 58 años y fue despedido este año por cierre de empresa (anteriormente estuvo durante como 4-5 años en ERE), actualmente cobra el subsidio de desempleo que le finaliza el próximo marzo y tiene idea de solicitar la ayuda de los 426 euros por mayores de 55 años y acogerse al convenio para aumentar la cotización.
También tiene como unos 35 años cotizados y la pregunta es la misma, se podría jubilar antes de los 65, o con el nuevo decreto todo cambiaría?. Supongo que en su caso la futura pensión será más alta que la pueda corresponderme a mi.
Espero haberme explicado bien.
Muchas gracias y un saludo