Tengo 63 años y 4 meses de edad (nacido 09/1949). Llevo cotizados 40 años y 7 meses. Fui despedido el 19/04/2011 por causas disciplinarias y se me acaba el paro el 28/04/2013.
Al ser despedido con anterioridad al 1/8/2011, ¿me afectarían las posibles modificaciones que sobre las Jubilaciones anticipadas se prevé pueda acordar el Gobierno en los próximos 3 meses o por el contrario pase lo que pase podré acogerme a lo que había al 31/12/2012?.
¿Me conviene jubilarme ¡¡ya!! o con mi edad (63 años y 4 meses) sería mejor esperar y acogerme a la posible nueva Ley que debería haber entrado en vigor el día 1/1/2013 (en suspenso por 3 meses) con reducción del 9,750% (6,5 x 2 años – 1,625 x 2 trimestres) por el año y medio que adelanto?.
Al suspender el gobierno la entrada en vigor de las jubilaciones anticipadas y no dar respuestas en la Tesorería de la SS, agradecería un consejo o una respuesta.