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Interrupción del paro por trabajo ¿derecho a prestación?
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Interrupción del paro por trabajo ¿derecho a prestación?
#40433
Re: Interrupción del paro por trabajo ¿derecho a prestación? hace 13 Años, 4 Meses Karma: 0
Buenos días, me acabo de registrar, he estado leyendo varias páginas de este foro pero pese a ello ningún caso de los que he leído se ajusta completamente al mio así que paso a exponerlo para ver si podéis arrojarme algo de luz.

Hace aproximadamente 1 año y medio presente mi primera solicitud de prestación por desempleo, la cual se me concedió sin problemas y se me concedió 1 año de subsidio.
En medio del cobro de dicha prestación me contrataron por una duración determinada de 5 meses.
Tras esto, solicité la reanudación de la prestación pendiente, la cual cobre hasta que quedaba mes y medio para su extinción cuando volvieron a contratarme.
He trabajado en esta empresa 350 días hasta mi despido por finalización de obra.

Mi duda es la siguiente, ¿Tengo derecho a presentar un solicitud de prestación contributiva por nuevo derecho? ¿los 5 meses trabajados en medio de la prestación anterior me dan ese derecho?

Gracias de antemano y mis felicitaciones por la labor que realizan en esta web.
Un saludo.
IselcoP
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#40436
Re: Interrupción del paro por trabajo ¿derecho a prestación? hace 13 Años, 4 Meses Karma: 7
Sí, tienes derecho a una prestación de desempleo por los 350 días + 5 meses cotizados, y que después de esos 5 meses trabajados, no tenías la opción de elección, ya que esos 5 meses no generó derecho a ninguna prestación, así ese tiempo se quedó pediente de reconocimiento... que ahora puedes ejercerlo junto con los otros 350 días cotizados.

Además, como tenías aún mes y medio de prestación pendiente de utilizar, te darán la opción de elección ahora... tienes que elegir la prestación pendiente o la nueva prestación generada, perdiendo el derecho a la otra prestación no elegida.

En tu caso, te recomiendo que elijas lo segundo, ya que tendrá una duración máyor: 120 días de prestaciones.

Salu2.
ahorristas
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#40443
Re: Interrupción del paro por trabajo ¿derecho a prestación? hace 13 Años, 4 Meses Karma: 0
Hola, gracias por responder. Pues al final no me dan la opción por nuevo derecho, he hablado con el director de mi oficina Ecyl (Inem en Castilla y León). El cual me ha explicado lo siguiente:
Al parecer un requisito para ejercer el derecho a nueva prestación es tener agotada la anterior en el periodo que sea antes de la finalización de la renovación laboral y con los días cotizados solicitar una nueva al no existir una anterior.

En mi caso al no tener la prestación anterior extinta, debería haber trabajado 360 días para poder ejercer el nuevo derecho, como me faltan 10 días pues me ha dicho que no tengo derecho a elegir la segunda opción.

Al ser el director del mismo centro Ecyl el que me lo ha dicho y habiéndole explicado anteriormente todo el caso pues no me ha quedado más remedio que darme con un canto en los dientes y cobrar mi mes restante.
Espero encontrar trabajo pronto. El resto de mi cotización estará ahí supongo... Por si algún día lo necesito tras otra relación laboral.

Un saludo, y gracias por tan rápida respuesta. Seguiré por aquí por si alguno queréis comentar algo más.
IselcoP
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#40456
Re: Interrupción del paro por trabajo ¿derecho a prestación? hace 13 Años, 4 Meses Karma: 7
Pues nada, una vez agotado el mes y pico... y si encuentras un empleo aunque sea por unos pocos días, tendrás derecho a una nueva ayuda.

Salu2.
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#42152
RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 13 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por elisabet:

En julio del 2010 eche el paro y tenia para cobra 10 meses de los cuales cobre dos. Empeze a trabajar y lo estuve haciendo hasta abril por lo que cotize unos 6 meses. Volvi a reanudar el desempleo y lo volvi a parar el 21 de Mayo. Ahora estoy trabajando pero acabo el 31 de Agosto. Si vuelvo a reanudar el paro piero las cotizaciones entre septiembre 2010- abril 2011 y mayo 2011-agosto 2011
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#42178
RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 13 Años, 3 Meses Karma: 60
Si te dieron la opción de elección entre reanudar o tomar las nuevas prestaciones por las nuevas cotizaciones, éstas se perdió.

Si no fuera así, lo podrás utilizar en un futuro para el reconocimiento de nuevos derechos.

Solicita información en el servicio de empleo.

Salu2.

elisabet:
En julio del 2010 eche el paro y tenia para cobra 10 meses de los cuales cobre dos. Empeze a trabajar y lo estuve haciendo hasta abril por lo que cotize unos 6 meses. Volvi a reanudar el desempleo y lo volvi a parar el 21 de Mayo. Ahora estoy trabajando pero acabo el 31 de Agosto. Si vuelvo a reanudar el paro piero las cotizaciones entre septiembre 2010- abril 2011 y mayo 2011-agosto 2011
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#42295
RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 13 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por elisabet:

pero entonces que significa esto que he leido aqui:

para solicitar una prestación por desempleo nueva será necesario que desde la interrupción de la prestación anterior haya realizado trabajos por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses, con independencia de que los trabajos se realicen de forma continuada o interrumpida, pero siempre sin solicitar reanudaciones del cobro de la prestación entre cada contrato.

si yo estoy cobrando el desempleo, lo paro para trabajar y lo vuelvo a reanudar cuando vuelvaa quedarme sin trabajo, ¿no significa esto que pierdo este tiempo cotizado? gracias por su respuesta
anonimo
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#42344
RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 13 Años, 3 Meses Karma: 60
Según el texto lo que te dicen es que desde la última vez que cobres el paro o reanudes el paro, tienes que cotizar 12 meses para poder volver solicitar el paro.

Pero una vez que tengas derecho a solicitar el paro, te computará todo el tiempo pendiente de contabilizar desde el último reconocimienot de derecho, incluído el tiempo cotizado entre reanudación del paro.

Salu2.

elisabet:
pero entonces que significa esto que he leido aqui:

para solicitar una prestación por desempleo nueva será necesario que desde la interrupción de la prestación anterior haya realizado trabajos por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses, con independencia de que los trabajos se realicen de forma continuada o interrumpida, pero siempre sin solicitar reanudaciones del cobro de la prestación entre cada contrato.

si yo estoy cobrando el desempleo, lo paro para trabajar y lo vuelvo a reanudar cuando vuelvaa quedarme sin trabajo, ¿no significa esto que pierdo este tiempo cotizado? gracias por su respuesta
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