RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 14 Años, 2 Meses
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El paro máximo está limitado al 170% de IPREM, pero si tienes hijos, esta cuantía puede subir:
- www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/04/%...acion-por-desempleo/
En tu caso, creo que no se ve alterado.
En cuanto a la percepción de la prestación, retomas en el punto que dejaste.
Salu2.
Yololth:
Muchas gracias por responderme tan rápido. Lo que no me ha quedado muy claro es eso de superar el 170% de IPREM. En el paro anterior tenía una base de cotización de 1480 euros y me pagaban unos 990 euros/mes limpios(ya descontados la seguridad social que eran, si no me equivoco, unos 45 euros). Así cuanto me pagarían esta vez por tener un hijo? Un poco mas de esos 990 euros? La base de cotización actual es mas alta unos 1600 y bueno no hay derecho que no me lo cuenten en base a esta última, en fin...
Y otra duda es que si ya gasté 1 mes y medio de prestación sigue contando a partir de ese mes y medio en cuanto a cobrar el 70% de la base de cotización o bien vuelvo a tener 6 meses enteros percibiendo el 70%?
Muchas gracias de nuevo.
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RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 14 Años, 2 Meses
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Comentario enviado por Rebeca:
HOla!!
Buenos días, tengo una duda y me gustaría que me lo aclaraseis ya que ando un poco "perdida".
Hace dos años y medio me quedé sin trabajo y solicité una prestación por desempleo, como me iban llamado de trabajos temporales iba reanundando la prestación anterior ya que no podia solicitar ninguna por no haber superado los 360 días. Ahora estoy trabajando pero en un mes mi contrato se acaba, no he superado los 360 días (ya que he estado 6 meses) y me quedan 2 días de prestación por desempleo de la anterior vez, mis preguntas son:
Todo el tiempo que he trabajado y no he percibido (que son mas de 360 días), ya que reanudaba la anterior prestacion, se podría cobrar en una futura prestación, es decir, se acumula???
Para volver a cobrar la prestación, una vez terminada la anterior (que me quedan 2 días), cuanto tiempo tendría que estar otra vez trabajando para solicitar una nueva prestación?
Muchísimas gracias por adelantado!!
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RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 14 Años, 2 Meses
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Comentario enviado por Yololth:
Muchísimas gracias por tu respuesta me has sido de mucha ayuda.
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RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 14 Años, 2 Meses
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Cuando reanudas la prestación de desempleo después de un trabajo, pierdes este último tiempo cotizado.
En tu situación actual tienes 3 alternativas:
- Reanudar la prestación pendiente de 2 días. No es nada recomendable.
- No solicitar ninguna ayuda, a la espera de poder cotizar los 365 días.
- Solicitar el subsidio de desempleo por los 6 meses cotizados.
Salu2.
Rebeca:
HOla!!
Buenos días, tengo una duda y me gustaría que me lo aclaraseis ya que ando un poco "perdida".
Hace dos años y medio me quedé sin trabajo y solicité una prestación por desempleo, como me iban llamado de trabajos temporales iba reanundando la prestación anterior ya que no podia solicitar ninguna por no haber superado los 360 días. Ahora estoy trabajando pero en un mes mi contrato se acaba, no he superado los 360 días (ya que he estado 6 meses) y me quedan 2 días de prestación por desempleo de la anterior vez, mis preguntas son:
Todo el tiempo que he trabajado y no he percibido (que son mas de 360 días), ya que reanudaba la anterior prestacion, se podría cobrar en una futura prestación, es decir, se acumula???
Para volver a cobrar la prestación, una vez terminada la anterior (que me quedan 2 días), cuanto tiempo tendría que estar otra vez trabajando para solicitar una nueva prestación?
Muchísimas gracias por adelantado!!
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RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 14 Años, 2 Meses
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Un placer, si tienes cualquier otro tipo de consulta, puede hacerlo en el foro donde estaremos encantados de ayudarte:
- foro.preguntasfrecuentes.net
Salu2.
Yololth:
Muchísimas gracias por tu respuesta me has sido de mucha ayuda.
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RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 14 Años, 2 Meses
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Comentario enviado por Rebeca:
Hola!!
Muchísimas gracias por contestarme tan rápido pero creo que no me he explicado bien (o eso espero).
Voy a intentar explicarlo, para ello te voy a dar datos más precisos, esq me resulta muy díficil.
En el 2008 solicité una prestación, por lo que un tiempo estuve cobrando el paro, pero como me llamaban para trabajos temporales la prestación se suspendía, al no superar los 360 días seguidos siempre me obligaban a reanudar la antigua prestación (la que solicité en el 2008), es decir no me daban a elegir entre una y otra.
Antes de volver a trabajar (ahora, en abril de 2010) me quedaban dos días para terminar la "dichosa" prestación (que encima era de una media jornada)pero otra vez me volvieron a llamar y tuve que suspender la prestación, con lo cual me quedan dos días "colgando" de la prestación del 2008, mi pregunta es; ¿ Todo lo que he ido acumulando durante 2009 y 2010 ( que supera más de 365 días) lo pierdo?? Es decir, que si ahora cuando se acabe este contrato, reanude y cobre los dos días que me quedan de la reanudación del 2008, si vuelvo a trabajar uno o tres meses, no puedo juntarlo todo y cobrar una prestación nueva??? Se pierde todo lo que he trabajado durante el 2009 y 2010?
Muchísimas gracias!!!
Saludos
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RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 14 Años, 2 Meses
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Según la Referencia normativa: Arts. 204.3, 210.3, 212.1.d), 213.1.d) y 215.1.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/1994 de 20 de junio. Arts. 13.3 y 14 del R. D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la Ley de Protección por Desempleo establece que:
En el caso de suspender una prestación contributiva, a la finalización del trabajo que causó la suspensión pueden darse dos situaciones:
- Que la duración del trabajo haya sido inferior a 360 días, en cuyo caso deberá necesariamente solicitar la reanudación de la prestación suspendida.
- Que la duración del trabajo o trabajos realizados desde la suspensión de la prestación haya sido igual o superior a 360 días, en cuyo caso podrá optar entre reabrir el derecho anterior por el período que le restaba y las bases y tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones. Debe tener en cuenta que, cuando opte por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la prestación por la que no ha optado, se considerarán utilizadas, por lo que no podrán tenerse en cuenta para el reconocimiento de un derecho posterior de nivel contributivo o asistencial.
Y segun la referencia normativa: Arts. 210.3 y 213.1 apartados a) y d) del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/1994 de 20 de junio Arts. 13.3 y 14 del R. D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la Ley de Protección por Desempleo.
Tras un contrato de corta duración (por tiempo inferior a un año), y si la prestación por desempleo no está agotada todavía, cuando acabe el contrato únicamente podrá solicitar la reanudación del derecho suspendido y dicha reanudación supondrá el derecho a percibir la prestación por el período que reste y con las bases y tipos que correspondieran en el momento de la suspensión.
No se puede reconocer un nuevo derecho a prestación por desempleo hasta que se produzca la extinción del derecho anterior, entre otras causas, por agotamiento de la prestación reconocida o por realizar trabajos por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses. Por tanto, para solicitar una prestación por desempleo nueva será necesario que desde la interrupción de la prestación anterior haya realizado trabajos por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses, con independencia de que los trabajos se realicen de forma continuada o interrumpida, pero siempre sin solicitar reanudaciones del cobro de la prestación entre cada contrato. La decisión sobre reanudar o acumular periodos dependerá de sus circunstancias personales y familiares, pero como orientaciones que pudieran ayudarle sugerimos tener en cuenta el tiempo que le queda de la prestación suspendida, el que vaya a tardar en empezar a trabajar de nuevo y la duración del futuro contrato y la comparación entre el importe que percibe por la prestación actual y el que podría percibir durante un nuevo derecho.
Salu2.
Rebeca:
Hola!!
Muchísimas gracias por contestarme tan rápido pero creo que no me he explicado bien (o eso espero).
Voy a intentar explicarlo, para ello te voy a dar datos más precisos, esq me resulta muy díficil.
En el 2008 solicité una prestación, por lo que un tiempo estuve cobrando el paro, pero como me llamaban para trabajos temporales la prestación se suspendía, al no superar los 360 días seguidos siempre me obligaban a reanudar la antigua prestación (la que solicité en el 2008), es decir no me daban a elegir entre una y otra.
Antes de volver a trabajar (ahora, en abril de 2010) me quedaban dos días para terminar la "dichosa" prestación (que encima era de una media jornada)pero otra vez me volvieron a llamar y tuve que suspender la prestación, con lo cual me quedan dos días "colgando" de la prestación del 2008, mi pregunta es; ¿ Todo lo que he ido acumulando durante 2009 y 2010 ( que supera más de 365 días) lo pierdo?? Es decir, que si ahora cuando se acabe este contrato, reanude y cobre los dos días que me quedan de la reanudación del 2008, si vuelvo a trabajar uno o tres meses, no puedo juntarlo todo y cobrar una prestación nueva??? Se pierde todo lo que he trabajado durante el 2009 y 2010?
Muchísimas gracias!!!
Saludos
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RE: Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar? hace 14 Años, 2 Meses
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Comentario enviado por carmen:
he pedido la ayuda de subcidio de los 6 mesesporque yo me llega para coger el paro de los 360dias,¿ una vez que se me acabe la ayuda, se me borran los 9 meses que tenia cotizado?
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