Hola. Vendi un piso (fecha escritura 18-1-2008), y en la oficina del catastro del Ayuntamiento me dijeron que el IBI ya lo pagaria el nuevo propietario. Ahora me reclaman 914 euros, por seiscientos y pico de recibo mas el recargo. Me han embargado de una cuenta bancaria antigua 31 euros (asi es como me he enterado del embargo). Mi pregunta es: Por 18 dias me corresponde a mi pagar el IBI de 2008. Ademas, eso no ha prescrito?
Aqui, segun he leido un ejemplo, dicen que si alguien compra una vivienda en Julio tendra que pagar la mitad del IBI. Que quiere decir eso?, que el anterior paga la mitad y el nuevo propietario la otra mitad? o que le cobran al anterior todo el año y ademas al nuevo tambien la parte proporcional? Gracias.