Hola
Voy a exponer un caso que conozco que es un tanto enrevesado a la par que curioso.
El caso gira en torno a una persona que conozco que a través de otra persona,que firmó un contrato de alquiler en el cual había una cláusula que permitía habitar a la persona en cuestión,me ha pedido que realice dicha consulta.
El contrato se extinguió y no se volvió a renovar ni hablar sobre ello una vez el dueño del piso se separó de su mujer y en el reparto de bienes el piso le tocó a ella.Siendo ella la dueña mantiene una relación cordial con la persona que habita el piso,y vuelvo a repetir,no es la persona que lo alquiló.Asimismo,al ser una relación cordial,y estar atravesando el país por una gran crisis económica,los pagos se efectúan nunca puntuales por la inquilina,a la vez que la cuantía apalabrada tampoco se cubre puntualmente con lo que siempre hay una deuda de 1000 € aproximadamente.Evidentemente,tampoco hay recibos formales,y los pagos se realizan de manera informal y de palabra.
La preocupación de la inquilina es que algún día la intenten echar a la calle por algún motivo,bien pueda ser el querer vender el piso la propietaria,cederlo a algún familiar o lo que fuera.Y aquí vienen mis preguntas:
-¿Pueden echar a la persona en cuestión si más ni más después de 18 años habitando la vivienda y sin que la dueña haya declarado dicho alquiler?
-¿En cuánto tiempo podrían echarla y cúal de las dos partes tendría las de perder si se llegara a los tribunales?
Gracias de antemano.