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cambiar tarifa de gas
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TEMA: cambiar tarifa de gas
#117637
cambiar tarifa de gas hace 10 Años, 10 Meses Karma: 0
Hola

Mi comercializadora de gas (Endesa) me ha cambiado la cuota fija (de tarifa de acceso 3.1 a 3.2) porque los datos que tienen segun la distribuidora es que el caudal de gas necesita que me facturen con la 3.2.

Les he avisado que mi consumo ni se acerca a los 5000 kwh anuales, y aún así dicen que no pueden hacer nada, que todo depende de la distribuidora.

Mi anterior compañía (el caso coincide con un cambio de comercializadora) siempre me había facturado con la tarifa de acceso 3.1.

¿Qué puedo hacer? ¿Están obligados a acceder a mi solicitud de cambio de tarifa?

Muchas gracias.
forumisto
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graphgraph
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#117716
Re: cambiar tarifa de gas hace 10 Años, 10 Meses Karma: 67

Desde el 1 de julio de 2008 el consumidor puede elegir entre una tarifa libre o una regulada (TUR).

Los consumidores con consumos superiores a 50.000 kWh tienen la obligación de ir al mercado libre. Éste está regulado por un peaje de acceso, es decir, según la cantidad de gas que utilice al año, te aplican una u otra tarifa de acceso.
Tarifas del mercado libre

Tarifa 3.1 Para viviendas con consumo igual o inferior a 5.000 kWh/año.
Tarifa 3.2 Para viviendas que consuman entre 5.000 y 50.000 kWh/año.
Tarifa 3.3 Para viviendas que consuman entre 50.000 y 100.000 kWh/año.
Tarifa 3.4 Para viviendas con un consumo superior a 100.000 kWh/año.
Tarifas de último recurso

Para aquellos consumidores que aún no han pasado al mercado libre, con una presión contratada inferior o igual a 4 bar y consumos inferiores a 50.000 kWh/año, se les aplica la Tarifa Último Recurso (TUR), que es el precio máximo y mínimo al que los comercializadores de último recurso (CUR) pueden vender el gas natural al consumidor final. Esta tarifa es aprobada por el Ministerio de Industria.

Tarifa TUR 1
Consumo inferior o igual a 5.000 kwh/año.
Recomendada para viviendas que solo dispongan de cocina de gas, o bien cocina y calentador de agua pequeño.

Tarifa TUR 2
Consumo superior a 5. 000 kwh/año e inferior o igual a 50.000 kwh/año
Recomendada para viviendas con calefacción de gas natural (caldera) y pequeños comercios.


Estas tarifas viene regulado por el RD 1164/2001:

- www.boe.es/boe/dias/2001/11/08/pdfs/A40618-40629.pdf

Si no te lo quieren aplican, haz una reclamación. Y si eres socio de una asociación de consumidores como OCU, pide ayuda a su asesoría jurídica.

Salu2
euribor
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