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Cuenta vivienda: preguntas frecuentes
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Foro de vivienda, hipotecas, ayudas y deducciones de vivienda, alquiler de vivienda y compra venta de viviendas.
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TEMA: Cuenta vivienda: preguntas frecuentes
#12281
RE: Cuenta Vivienda hace 15 Años, 5 Meses Karma: 60
Los conceptos que se consideran como rehabilitación:

a) Que las obras hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas, en los términos previstos en el Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 1998-2001 (BOE del 26); en el Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 2001-2005 (BOE del 12), modificado por el Real Decreto 1721/2004, de 23 de julio (BOE del 28) o en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.

b) Que las obras tengan por objeto principal la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas, siempre que el coste global de las operaciones de rehabilitación exceda del 25 por 100 del precio de adquisición si se hubiese efectuado la adquisición durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la vivienda en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.

Conceptos que no se consideran como rahabilitación:

a) Los gastos de conservación y reparación efectuados regularmente con la finalidad de mantener el uso normal de los bienes materiales, como el pintado, revoco o arreglo de instalaciones y similares.

b) Los gastos de sustitución de elementos tales como instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad y otros.

c) Las mejoras.

Corbi:
Tengo una cuenta vivienda, y he adquerido un piso por herencia. Este piso necesita una serie de reformas y lo quiero convertir en vivienda habitual. ¿puedo gastar ese dinero ahorrado en la cuenta vivienda totalmente en las reformas-rehabilitación? ¿está regulada qué tipo de reformas puedes hacer con el dinero de la cuenta vivienda? ¿qué papeles o justificantes he de presentar el año que viene para la declaración de la renta para indicar que el gasto de la cuenta vivienda se ha realizado en la rehabilitación del piso (incluyendo escritura, etc). Si se indica en alguna norma-decreto qué tipos de obras son las requeridas, ¿en cuál?

Gracias
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#12282
RE: Cuenta Vivienda hace 15 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por fjs:

Buenod días. Tengo una cuenta vivienda desde Dicimbre de 2005 y he ingresado el maximo deducible durante 3 años y me he deducido la correspondiente cantidad estipulada. Durante 2008 ingresé 6000 € pero al hacer la declaración ahora no me compensa la deducción, por lo que quiero retirar los 6000 €. Como no me voy a deducir nada, puedo sacar estos 6000 € sin problemas? Y la otra pregunta es: debo indicar en la declaracin que tenbgo una cuenta vivienda y que he ingresado 0€ o simplemente lo dejo en blanco al no deducrime nada?

Muchas gracias
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#12283
RE: Cuenta Vivienda hace 15 Años, 5 Meses Karma: 60
Buenos días.

Sí que puedes retirar los 6.000€ pero vas a tener penalizaciones. Hacienda considera que cualquier dinero que se retire de la cuenta vivienda es el primer dinero que se metió en dicha cuenta, por lo tanto, si lo hiciera, consideraría que has retirado 6.000€ de los que ingresaste en 2005 de la que desgravaste y ahora te tocaría devolverlo más lo intereses, y los nuevos 6.000€ ingresado en 2008 te daría derecho a nuevas deducciones.

En resumen, si retiras 6.000€ te toca pagar los intereses del 15% de los 6.000€ que se ingresó en 2005 hasta la fecha.

Salu2.

fjs:
Buenod días. Tengo una cuenta vivienda desde Dicimbre de 2005 y he ingresado el maximo deducible durante 3 años y me he deducido la correspondiente cantidad estipulada. Durante 2008 ingresé 6000 € pero al hacer la declaración ahora no me compensa la deducción, por lo que quiero retirar los 6000 €. Como no me voy a deducir nada, puedo sacar estos 6000 € sin problemas? Y la otra pregunta es: debo indicar en la declaracin que tenbgo una cuenta vivienda y que he ingresado 0€ o simplemente lo dejo en blanco al no deducrime nada?

Muchas gracias
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#12284
RE: Cuenta Vivienda hace 15 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por oscar:

Hola, agradeceróa me puedieran responder a una duda que me surje.

Abrí una cuenta vivienda el 28 de diciembre de 2006. Por lo tanto cumple el mismo día de 2010, aunque creo que sólo podría desgravarme el dinero ingresado hasta 31 de diciembre de 2009, si no estoy equivocado.

Voy con la duda concreta:
He sido agraciado, junto a mi pareja (al 50%) con un piso de protección oficial, pero tengo un problema pues este año tendremos que pagar el 10% de entrada y en 2010 otro 10% en l2 plazos, pero el 80% restante no lo pagaremos hasta la firma de la compraventa, en 2011. Yo tengo 27.000 euros en la cuenta vivienda y, ese dinero es más del 5% que me correspondería para 2009 y más del 10% que me correspondería entre 2009 y 2010. ¿Eso quiere decir que tendré que devolver la diferencia entre lo pagado y los 27.000 euros de las desgravaciones? ¿Y de qué dinero, hasta 2009 o 2010?
Vivo en Cataluña, no sé si eso cambia algo.

Gracias por adelantado por su respuesta.
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#12285
RE: Cuenta Vivienda hace 15 Años, 4 Meses Karma: 60
Dispone de hasta el 31 de diciembre de 2010 para realizar la inversión al ser beneficiario (aunque poco) de la prórroga que el gobierno ha dado a las cuentas viviendas debido a la crisis.

El problema que nos plantea es más grave de lo que pueda pensar en principio. La vivienda se ha de adquirir de forma efectiva en el plazo que marca, eso significa que se ha de realizar la escritura pública de dicha adquisición, en su caso no se hará hasta el 2011, y por lo tanto incumpliría los plazos y le tocaría devolver lo deducido más los intereses.

Quizás lo que puede hacer es devolver lo deducido del año 2006 y así, tendría el plazo hasta el 2011 para realizar la inversión, pero este último punto desconocemos con qué ojo lo verá Hacienda y por lo tanto le recomiendo que acuda a una Agencia tributaria y solicite información o mejor aún, contrate los servicios de un asesor fiscal que le ayuda a resolver este problema que supone bastante dinero en juego.

Salu2.

oscar:
Hola, agradeceróa me puedieran responder a una duda que me surje.

Abrí una cuenta vivienda el 28 de diciembre de 2006. Por lo tanto cumple el mismo día de 2010, aunque creo que sólo podría desgravarme el dinero ingresado hasta 31 de diciembre de 2009, si no estoy equivocado.

Voy con la duda concreta:
He sido agraciado, junto a mi pareja (al 50%) con un piso de protección oficial, pero tengo un problema pues este año tendremos que pagar el 10% de entrada y en 2010 otro 10% en l2 plazos, pero el 80% restante no lo pagaremos hasta la firma de la compraventa, en 2011. Yo tengo 27.000 euros en la cuenta vivienda y, ese dinero es más del 5% que me correspondería para 2009 y más del 10% que me correspondería entre 2009 y 2010. ¿Eso quiere decir que tendré que devolver la diferencia entre lo pagado y los 27.000 euros de las desgravaciones? ¿Y de qué dinero, hasta 2009 o 2010?
Vivo en Cataluña, no sé si eso cambia algo.

Gracias por adelantado por su respuesta.
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#12286
RE: Cuenta Vivienda hace 15 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por jorge:

Hola, tengo dudas sobre como tramitar la ampliación del plazo de deducción de la cuenta vivienda.

En su momento abrí una cuenta vivienda en 02-2005, por lo que la finalización de la cuenta fué en febrero de este año (2009). En ese plazo, en concreto hace año y medio aproximadamente accedí a una vivienda VPPB, tuve que aportar una entrada y actualmente continúo pagando unas mensualidades hasta principio de 2010. La fecha de entrega prevista (firma de escritura e hipoteca) es en Octubre 2010.

Tengo varias dudas:
1- en mi caso, es necesario solicitar un aplazamiento de la cuenta vivienda aunque no haya invertido todas las cantidades de la cuenta vivienda en el piso? (ya que aún no me lo han entregado y las cantidades aportadas al promotor son aprox la mitad del total)

2- si la entrega del piso se demora a 2011, perderé las actuales deducciones aplicables?

Muchas gracias por adelantado.
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#12287
RE: Cuenta Vivienda hace 15 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por pusete75:

HOLA, tengo una cuenta que la voy a dedicar a la cuenta vivienda, ya este año en la declaración me he deducido los 1356 euros al tener los 9000 euros. Mi pregunta es si puedo variar ese dinero a una cuenta o deposito nuevo que ya creara y tenga a cero o tengo que crear uno nuevo?gracias
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#12288
RE: Cuenta Vivienda hace 15 Años, 4 Meses Karma: 60
Las cuentas o depósitos que utilices para la cuenta vivienda ha de ser independiente y sin imposiciones. De sus palabras deduzco que esas cuentas que ya tiene, ha sido utilizado para otros fines diferentes al ahorro para la adquisición de vivienda, por lo que le aconsejamos que abran nuevas cuentas.

Salu2

pusete75:
HOLA, tengo una cuenta que la voy a dedicar a la cuenta vivienda, ya este año en la declaración me he deducido los 1356 euros al tener los 9000 euros. Mi pregunta es si puedo variar ese dinero a una cuenta o deposito nuevo que ya creara y tenga a cero o tengo que crear uno nuevo?gracias
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