RE: Cuenta Vivienda hace 14 Años, 10 Meses
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Comentario enviado por fran:
OK, pues entonces éste año en la declaración de la renta pondré como cuenta vivienda la que tenía para 2009, y para la declaración de la renta del año que viene, poner como cuenta vivienda la cuenta del depósito donde metí el dinero, cancelando la cuenta vivienda que tengo ahora abierta (ya que no pueden haber más de una cuenta vivienda por persona). Entonces, si esto es correcto, puesto que en la cuenta depósito ahora tengo más de los 9000€ que añadí, ¿puedo quitar el dinero sobrante de esta cuenta depósito y dejar a fin de año 18030€ que sería el máximo desgravable en 2 años?Así, a partir de ahora utilizaría únicamente esta cuenta depósito como cuenta vivienda.
Si todo lo anterior es correcto, para el año próximo, ¿qué puedo ir haciendo con el dinero existente en este depósito cuando se me vaya venciendo?¿que se renueve automáticamente?
Muchísimas gracias, increible la respuesta en tan corto espacio de tiempo. Mi enhorabuena y gracias de corazón.
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RE: Cuenta Vivienda hace 14 Años, 10 Meses
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No se puede quitar nada de la cuenta vivienda.
Cualquier retirada de efectivo de la cuenta vivienda que no sea para inversión en vivienda habitual supone la devolución de lo deducido + intereses de demora.
Además hacienda considera que cualquier dinero retirado es el primer dinero que se metió en la cuenta, es decir, en tu caso, el dinero ingresado en 2009, y el nuevo dinero ingresado en 2010 daría derecho a nueva deducción y hasta un máximo de 9.015€.
La cuenta o depósito que se ha de declarar ante hacienda como cuenta vivienda, es la cuenta en la que tengas el dinero a 31 de diciembre.
Tu situación actual es un poco peliagudo. Lo más legal sería dejar todo en la cuenta actual y no tocarlo, y si quitaras parte del dinero, te arriesgas a que se dé cuenta hacienda.
Las probabilidades de que se dé cuenta es baja... está en tus manos en arriesgarte o no.
Salu2
fran:
OK, pues entonces éste año en la declaración de la renta pondré como cuenta vivienda la que tenía para 2009, y para la declaración de la renta del año que viene, poner como cuenta vivienda la cuenta del depósito donde metí el dinero, cancelando la cuenta vivienda que tengo ahora abierta (ya que no pueden haber más de una cuenta vivienda por persona). Entonces, si esto es correcto, puesto que en la cuenta depósito ahora tengo más de los 9000€ que añadí, ¿puedo quitar el dinero sobrante de esta cuenta depósito y dejar a fin de año 18030€ que sería el máximo desgravable en 2 años?Así, a partir de ahora utilizaría únicamente esta cuenta depósito como cuenta vivienda.
Si todo lo anterior es correcto, para el año próximo, ¿qué puedo ir haciendo con el dinero existente en este depósito cuando se me vaya venciendo?¿que se renueve automáticamente?
Muchísimas gracias, increible la respuesta en tan corto espacio de tiempo. Mi enhorabuena y gracias de corazón.
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RE: Cuenta Vivienda hace 14 Años, 10 Meses
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Comentario enviado por fran:
Pues la verdad es que no sé qué hacer. Lo más seguro es que cuando se venza el deposito dentro de tres meses vuelvo a dejar el dinero en la cuenta vivienda y antes de fín de año añado los 9015€ nuevos. A partir de entonces ya no moveré el dinero de ahí. Creo que puede ser una buena solución, aunque hablando con compañeros que tienen esta cuenta vivienda han ido haciendo depositos con el y nunca han tenido problemas. Imagino que el nuevo incremento de 9015€ anuales se pueda hacer en cualquier momento del año, ¿es esto así?. Lo digo para sacarle rentabilidad a este dinero mientras tanto.
Leí en un foro de un técnico de Hacienda y decía que suelen hacer comprobaciones incluso de los 4 años anteriores, y tambien leí que estas eran de los movimientos en el último trimestre de cada año. No sé hasta qué punto es verdad.
De todas formas, hablaré con el banco para que me expliquen todo esto bien, porque a veces parece que ni siquiera ellos saben exactamente como va esto.
Gracias.
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RE: Cuenta Vivienda hace 14 Años, 10 Meses
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Si vas a hacer lo que dices, te recomiendo que devuelva el dinero cuanto antes a la cuenta vivienda inicial y añadir los otros 9.000€ no al final de año sino a mediados, para que la media anual salga por encima de lo que había a 31 de diciembre de 2009.
Las comprobaciones que hacen hacienda, la mayoría lo hacen los ordenadores mediante unas reglas que tienen y son especialmente hábiles con las cuentas bancarias.
Los banqueros que atiende al público desconocen la mayoría de las veces lo que la central tiene que hacer y las obligaciones que tiene la entidad financiera con respecto a hacienda. Los datos que tienen que enviar a hacienda lo hacen programas en los ordenadores centrales de los bancos.
Salu2.
fran:
Pues la verdad es que no sé qué hacer. Lo más seguro es que cuando se venza el deposito dentro de tres meses vuelvo a dejar el dinero en la cuenta vivienda y antes de fín de año añado los 9015€ nuevos. A partir de entonces ya no moveré el dinero de ahí. Creo que puede ser una buena solución, aunque hablando con compañeros que tienen esta cuenta vivienda han ido haciendo depositos con el y nunca han tenido problemas. Imagino que el nuevo incremento de 9015€ anuales se pueda hacer en cualquier momento del año, ¿es esto así?. Lo digo para sacarle rentabilidad a este dinero mientras tanto.
Leí en un foro de un técnico de Hacienda y decía que suelen hacer comprobaciones incluso de los 4 años anteriores, y tambien leí que estas eran de los movimientos en el último trimestre de cada año. No sé hasta qué punto es verdad.
De todas formas, hablaré con el banco para que me expliquen todo esto bien, porque a veces parece que ni siquiera ellos saben exactamente como va esto.
Gracias.
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RE: Cuenta Vivienda hace 14 Años, 10 Meses
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Comentario enviado por froncklin:
Hola,
Tengo una cuenta vivienda que abrí en 2005, de la cual me he deducido el máximo durante los 4 años correspondientes. Por otro lado, mi novia compró una vivienda en 2008 con hipoteca sobre la misma, habiendo amortizado tan solo un 10% del capital total. Este año contraeremos matrimonio en regimen de bienes gananciales. ¿Es posible utilizar el dinero de la cuenta vivienda para amortizar parte de la hipoteca una vez contraigamos matrimonio sin tener que devolver las deducciones practicadas? Si es así, se podría hacer una novación sobre la hipoteca para que figuraramos los dos en dicha hipoteca? ¿conlleva esta novación algún gasto?
Gracias y enhorabuena por vuestro trabajo.
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RE: Cuenta Vivienda hace 14 Años, 9 Meses
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Comentario enviado por Alberto:
Duda importante, en Diciembre 2008 abri cuenta vivienda poniendo 9015 euros, deduciéndome los 1352 euros en la declaración del 2009.
En el 2009 ingresé 9015 euros más para la deducción en este 2010. Pero mi duda es, según lo que parece que va a ser esta nueva ley que ha sacado el gobierno de no poderse desgrabar las rentas de más de 24.000 euros a partir de Enero 2011,
¿si yo ingreso 9015 euros en este 2011 me lo puedo deducir en el irpf del 2011?
gracias
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RE: Cuenta Vivienda hace 14 Años, 9 Meses
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Sí, en 2011 seguro que puedes deducirte lo que ingreses este año, ya que en 2011 se hace la declaración del ejercicio 2010, y el cambio de la ley afectará a los ejercicios del 2011 y posteriores.
Salu2
Alberto:
Duda importante, en Diciembre 2008 abri cuenta vivienda poniendo 9015 euros, deduciéndome los 1352 euros en la declaración del 2009.
En el 2009 ingresé 9015 euros más para la deducción en este 2010. Pero mi duda es, según lo que parece que va a ser esta nueva ley que ha sacado el gobierno de no poderse desgrabar las rentas de más de 24.000 euros a partir de Enero 2011,
¿si yo ingreso 9015 euros en este 2011 me lo puedo deducir en el irpf del 2011?
gracias
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RE: Cuenta Vivienda hace 14 Años, 9 Meses
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Es es una excepción que permite, sin que esté la vivienda a tu nombre, utilizar el dinero de la cuenta vivienda para pagar la hipoteca de dicha vivienda si la vivienda es la vivienda conyugar y familiar, incluso si la hipoteca sólo estuviera a nombre de tu mujer.
En cuanto a la novación, supongo que no habrá ningún problema, tan sólo lo debes de hablar con la entidad financiera.
Salu2
froncklin:
Hola,
Tengo una cuenta vivienda que abrí en 2005, de la cual me he deducido el máximo durante los 4 años correspondientes. Por otro lado, mi novia compró una vivienda en 2008 con hipoteca sobre la misma, habiendo amortizado tan solo un 10% del capital total. Este año contraeremos matrimonio en regimen de bienes gananciales. ¿Es posible utilizar el dinero de la cuenta vivienda para amortizar parte de la hipoteca una vez contraigamos matrimonio sin tener que devolver las deducciones practicadas? Si es así, se podría hacer una novación sobre la hipoteca para que figuraramos los dos en dicha hipoteca? ¿conlleva esta novación algún gasto?
Gracias y enhorabuena por vuestro trabajo.
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