Comentario enviado por Manolo:
Buenas tardes, mi caso es el siguiente:
me abri una cuenta vivienda en el 2005, me he deducdido el maximo los años 2005,2006,2007 y 2008. Me ha vencido el plazo para comprar la vivienda el 31 de diciembre de 2010 y no lo he hecho. Tengo que devolver todas las deducciones mas los intereses de demora. ¿Existe alguan declaración que este prescrita y sobre la que no tenga que devolver la parte deducida y los intereses de demora? Si es asi, que es mejor hacerla con los años no prescritos o esperar a que hacienda me inspeccione.
Gracias y un saludo.