Comentario enviado por Albert:
Hola, Tengo que devolver lo deducido en cuenta vivienda en los ejercicios 2009 y 2010 (el año pasado no me deducí nada). Te agradecería un poco de ayuda, y creo que puede clarar cosas a la gente. Por lo que veo tengo que ponerlo en las siguientes casillas:
724 (parte estatal) + 725 (intereses de demora de la parte estatal)
726 (parte autonómica) + 727 (intereses de demora de la parte autonómica)
El tema de las fechas de los intereses ya leí que la fecha inicio es la de la devolución por parte de la AEAT de ese ejercicio, y como fecha final la de la presentación de la declaración de este año.
Lo que no me queda claro es que al poner el importe de la devolución de las partes estatal y autonómica obtengo el siguiente aviso en el programa PADRE (deja continuar de todas formas):
"Si la deducción indebida se aplicó en los años 2009 y/o 2010 cada una de las partes estatal y autonómica de la misma deben ser el 50% de su importe total"
Pero esto no creo que aplique a cuenta vivienda ya que la parte estatal y autonómica sí eran iguales para el ejercicio 2010 pero NO para el ejercicio 2009, de ahí la diferencia.
Te pego lo que pone en la ayuda. Muchas gracias.
c) Deducciones generales de la cuota de los ejercicios 2009 y 2010.
Se añadirá a la cuota líquida estatal el 50 por ciento de las deducciones indebidamente practicadas, junto con los intereses de demora, y a la cuota líquida autonómica o complementaria el 50 por ciento restante, más los correspondientes intereses de demora.
d) Deducciones por inversión en vivienda habitual de los ejercicios 2002 a 2010.
El importe del tramo estatal de la deducción indebida (más los intereses de demora) se aplicará a incrementar la cuota líquida estatal y el importe del tramo autonómico (más los intereses de demora) se aplicarán a incrementar la cuota autonómica o complementaria.