RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por Lancer:
He estado mirando lo que dice en el reglamento y la verdad es que es muy iterpretable, y no habla nada de la forma en que hay que hacer los pagos.
De hecho en este ejemplo que ponen habla de coincidencia de saldos, no que tenga que ser exactamente proveniente de la CV.
"Don J.C.A., con residencia habitual en la Comunidad de Madrid, adquiere el 3 de mayo de 2011 su primera vivienda habitual por 132.222,66 euros, incluidos los gastos y tributos inherentes a dicha adquisición satisfechos por el mismo.
Para hacer efectivo dicho importe, entrega 30.050,61 euros, cantidad coincidente con el saldo de una cuenta vivienda abierta en noviembre de 2007."
Lo que está claro es que la cantidad que tengo en la cuenta vivienda coincide con la cantidad que voy invertir en vivienda habitual, incluso más. La diferencia está en que si vale lo que digo, me podría permitir no tener que hacer un pago al promotor antes de finalizar el año de todas las cantidades que tengo en la cuenta vivienda, ya que esa cantidad la voy a saldar antes de finalizar el año, pero desde otra cuenta. Aun así, la cuenta vivienda la cancelaría al finalizar el año y en unos meses, ese mismo saldo también lo emplearía en el momento de escriturar.
Vamos, que para mi forma de verlo fraude no hay ninguno, es cuestión de lo rigurosos que sean en hacienda, y eso es lo que yo desconozco.
Muchas gracias.
Saludos.
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RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años, 5 Meses
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Ya sabes que la ley está bajo interpretación... pero como dices rigurosamente te podrían buscar las cosquillas.
Salu2.
Lancer:
He estado mirando lo que dice en el reglamento y la verdad es que es muy iterpretable, y no habla nada de la forma en que hay que hacer los pagos.
De hecho en este ejemplo que ponen habla de coincidencia de saldos, no que tenga que ser exactamente proveniente de la CV.
"Don J.C.A., con residencia habitual en la Comunidad de Madrid, adquiere el 3 de mayo de 2011 su primera vivienda habitual por 132.222,66 euros, incluidos los gastos y tributos inherentes a dicha adquisición satisfechos por el mismo.
Para hacer efectivo dicho importe, entrega 30.050,61 euros, cantidad coincidente con el saldo de una cuenta vivienda abierta en noviembre de 2007."
Lo que está claro es que la cantidad que tengo en la cuenta vivienda coincide con la cantidad que voy invertir en vivienda habitual, incluso más. La diferencia está en que si vale lo que digo, me podría permitir no tener que hacer un pago al promotor antes de finalizar el año de todas las cantidades que tengo en la cuenta vivienda, ya que esa cantidad la voy a saldar antes de finalizar el año, pero desde otra cuenta. Aun así, la cuenta vivienda la cancelaría al finalizar el año y en unos meses, ese mismo saldo también lo emplearía en el momento de escriturar.
Vamos, que para mi forma de verlo fraude no hay ninguno, es cuestión de lo rigurosos que sean en hacienda, y eso es lo que yo desconozco.
Muchas gracias.
Saludos.
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RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por MHH:
Hola,
Tengo dos dudas respecto a la cuenta ahorro vivienda:
¿Cuanto tiempo debe pasar desde que se compra una vivienda hasta poder alquilarla, si se ha destinado para su compra dinero procedente de una cuenta ahorro vivienda?
Y otra pregunta: mi madre posee dos viviendas en usufructo tras la muerte de mi padre hace más de 20 años. Yo poseo un pequeño porcentaje de esas viviendas junto con mis tres hermanos. ¿Puede hacienda buscarme las cosquillas respecto a una cuenta ahorro vivienda por este motivo? ¿Y si se renuncia a dicho porcentaje ante notario, mientras viva mi madre? Y abusando y fuera del tema: si he hecho dicha renuncia, tengo que declarar a hacienda por dichos porcentajes de propiedad? Gracias y un saludo.
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RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años, 5 Meses
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1. Al menos 3 años tienes que residir dicha vivienda y no alquilarlo salvo que te vayas de dicha casa por causas justificables:
- www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/16/c...e-vivienda-habitual/
2. La cuenta vivienda es para la adquisición de la primera vivienda habitual. Aunque tengas esa vivienda y nunca fue tu vivienda habitual, no pasa nada.
Salu2.
MHH:
Hola,
Tengo dos dudas respecto a la cuenta ahorro vivienda:
¿Cuanto tiempo debe pasar desde que se compra una vivienda hasta poder alquilarla, si se ha destinado para su compra dinero procedente de una cuenta ahorro vivienda?
Y otra pregunta: mi madre posee dos viviendas en usufructo tras la muerte de mi padre hace más de 20 años. Yo poseo un pequeño porcentaje de esas viviendas junto con mis tres hermanos. ¿Puede hacienda buscarme las cosquillas respecto a una cuenta ahorro vivienda por este motivo? ¿Y si se renuncia a dicho porcentaje ante notario, mientras viva mi madre? Y abusando y fuera del tema: si he hecho dicha renuncia, tengo que declarar a hacienda por dichos porcentajes de propiedad? Gracias y un saludo.
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RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por ruben:
hola, antes q nada muchas gracias por tu tiempo
tengo alguna duda sobre la cuenta vivienda
- Si desde 01-01-12 hasta 20-12-12 ingreso en mi cuenta vivienda 9000 euros, y por ejemplo ese dinero lo quiero pagar a la constructura el dia 21-12-12 por miedo a q suba el iva en 2013. Aunque a 31-12-12 no me figure nada en mi CV..por esos 9000 puedo desgravar igualmente por mi CV no?!
- Si en 2012 ingreso unos 9.000 euros en mi CV y luego con otra cuenta corriente independiente pago a la constructora 3.000 euros. Porque cantidad maxima puedo desgravar??
gracias!!
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RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años, 5 Meses
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1. Puedes deducirtelo por lo ingresado en cuenta vivienda o por pagos al promotor. Como prefieras.
2. Lo máximo que se puede deducir por vivienda habitual es de 9.040 euros anuales, y da igual por qué concepto: cuenta vivienda, aportaciones al promotor, pagos hipoteca ...
Salu2.
ruben:
hola, antes q nada muchas gracias por tu tiempo
tengo alguna duda sobre la cuenta vivienda
- Si desde 01-01-12 hasta 20-12-12 ingreso en mi cuenta vivienda 9000 euros, y por ejemplo ese dinero lo quiero pagar a la constructura el dia 21-12-12 por miedo a q suba el iva en 2013. Aunque a 31-12-12 no me figure nada en mi CV..por esos 9000 puedo desgravar igualmente por mi CV no?!
- Si en 2012 ingreso unos 9.000 euros en mi CV y luego con otra cuenta corriente independiente pago a la constructora 3.000 euros. Porque cantidad maxima puedo desgravar??
gracias!!
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RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por david:
Buenas tardes, adjunto envío resumen de mi consulta por si me podéis ayudar, cosa que os agradecería muchísimo porque tengo un lío:
Ejercicio:
2002: Deducción cta vivienda: 7.000 € (apertura cta en Diciembre 2002)
2003: Deducción cta vivienda: 7.000 €
2004: Sin deducciones
2005: Sin deducciones
2006: Compro vivienda sobre plano (Julio 2006): invierto los 14.000 € de la cta vivienda. No deduzco pagos al promotor.
2007: Sin deducciones. No deduzco pagos al promotor
2008: Sin deducciones. No deduzco pagos al promotor
2009: Sin deducciones. No deduzco pagos al promotor. Solicito al promotor devolución de las cantidades a cuenta por incumplimiento del contrato.
2010: Sin deducciones, recupero las cantidades a cuenta por ejecución del aval bancario.
2011: Compro otra vivienda sobre plano. He invertido 18.000 € en cantidades a cuenta.
Entiendo que he cometido una infracción tributaria puesto que las cantidades de la cuenta vivienda no se invirtieron en comprar una vivienda que adquiriera la condición de habitual, por lo que las deducciones practicadas en 2002 y 2003 fueron indebidas.
Mis dudas son:
1.- ¿Ha prescrito la infracción?
2.- ¿Puedo deducirme por las cantidades entregadas a cuenta en 2011 para la compra de otra vivienda?
Muchas gracias por vuestra ayuda
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RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años, 5 Meses
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1. No, el delito se cometió en 2010 cando finalmente no compraste la vivienda.
2. Sí, puedes.
Salu2.
david:
Buenas tardes, adjunto envío resumen de mi consulta por si me podéis ayudar, cosa que os agradecería muchísimo porque tengo un lío:
Ejercicio:
2002: Deducción cta vivienda: 7.000 € (apertura cta en Diciembre 2002)
2003: Deducción cta vivienda: 7.000 €
2004: Sin deducciones
2005: Sin deducciones
2006: Compro vivienda sobre plano (Julio 2006): invierto los 14.000 € de la cta vivienda. No deduzco pagos al promotor.
2007: Sin deducciones. No deduzco pagos al promotor
2008: Sin deducciones. No deduzco pagos al promotor
2009: Sin deducciones. No deduzco pagos al promotor. Solicito al promotor devolución de las cantidades a cuenta por incumplimiento del contrato.
2010: Sin deducciones, recupero las cantidades a cuenta por ejecución del aval bancario.
2011: Compro otra vivienda sobre plano. He invertido 18.000 € en cantidades a cuenta.
Entiendo que he cometido una infracción tributaria puesto que las cantidades de la cuenta vivienda no se invirtieron en comprar una vivienda que adquiriera la condición de habitual, por lo que las deducciones practicadas en 2002 y 2003 fueron indebidas.
Mis dudas son:
1.- ¿Ha prescrito la infracción?
2.- ¿Puedo deducirme por las cantidades entregadas a cuenta en 2011 para la compra de otra vivienda?
Muchas gracias por vuestra ayuda
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