El derecho a la compación se tiene cuando la vivienda se ha adquirido antes del 2006.
En tu caso es así, pero fue en nula propiedad, y el pleno derecho se adquirió en agosto de 2006 cuando ya no se tenía derecho a la compensación.
Mi interpretación es que sí, pero asegúratelo en la Agencia Tributaria o consultalo con un asesor fiscal:
AEAT - Agencia Tributaria
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345
Salu2.
Eli:
Hola!
Mi marido y yo adquirimos una vivienda en el 2004 el problema es que dejamos a su madre como usufructuaria. En agosto del 2006 hicimos cambio de banco e hipoteca y cambiamos la escrituras para quitar el usufructo. ¿Tenemos derecho a la compensación por adquisición de vivienda habitual (casilla 738)?
Gracias