Hola.
Tengo una duda que creo encaja en este tema, a ver si me podeis echar una mano, aunque es un poco compleja.
Me metí en una cooperativa de viviendas en 2009 e hice unas aportaciones. Como no estaba muy seguro de llegar al final de la aventura, me abrí también una cuenta vivienda ese mismo año y fui realizando aportaciones a esa cuenta también. Lo hice por si me salía de la cooperativa, para tener algo de lo que deducirme.
En la declaración de la renta ponía tanto lo que aportaba a la cooperativa como a la cuenta vivienda, siempre con el limte de 9015 euros entre ambas. (No me he deducido doble
)
Mi duda surje ahora, pues me he salido de la cooperativa y me van a devolver las cantidades aportadas. En teoría creo que no puedo usar ese dinero más que para la compra de una vivienda, es decir que no podría meterlo en un depósito para irle sacando algun interés. ¿Podría meter las aportaciones que me devuelvan de la cooperativa en la cuenta vivienda que tengo abierta desde 2009 para que me rente algo hasta que me compre un piso?
Por no liar más, simplemente quiero saber si puedo hacer algo con lo que me devuelvan o tengo que dejarlo en la cuenta corriente quietecito.
Aunque no me pueda deducir ya por esa cuenta vivienda en la declaración, al menos me daría un pequeño interés. Si no encuentro nada antes de 2013 tengo asumido que me tocaría devolver los 2 años que me deduje.
Gracias.