RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por José Ángel:
Gracias por la respuesta!!
No, creo que me expliqué mal. La casa si pasó 100% a mi nombre (escritura, hacienda y registro); lo único que no cambiamos fue la escritura de la hipoteca, pero aunque figuremos los dos soy yo el que me hago cargo (y eso lo hice constar en la nueva escritura de titularidad para que ella no tuviera problemas).
Un saludo desde Tenerife y, de nuevo, mil gracias (muy rápido y eficiente).
José Ángel
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 6 Meses
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Buenos días.
Si sólo has aportado dinero al promotor, deberás de indicar sólamente el importe y el NIF del promotor en el apartado 3 de la casilla A del Anexo A: Pagos realizados a promotor para la adquisición de la vivienda habitual.
Salu2.
Pedro López:
Hola. Tenia una consulta técnica: para desgravar sobre la adquisición de una vivienda habitual en la cual aun no ha habido hipoteca durante el 2008 sino pagos al promotor,
1)A parte de indicar el importe abonado y el CIF de la promotora en el apartado 3) del apartado A) de ADQUISICION DE LA VIVIENDA HABITUAL, debe indicarse algo mas en el formulario?
2)Debe colocarse el importe en "OTROS CONCEPTOS" aun sin tener cuenta vivienda?
3)Debe indicarse la fecha de adquisición de la vivienda aunque aun no se haya contruido en el 2008?
Gracias por su atención y esperando respuesta le envio un saludo.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por CAROLINA:
Hola, tengo una duda a la hora de icluir o no en la base de deducción de la vivienda habitual los seguros de vida y de hogar.
Estoy casada y por lo tanto la participación en los préstamos es al 50%. En las escrituras no indica que sea obligatorio el tema de los seguros, pero si que te bonifican el tipo de interés si los tienes contratados y el beneficiario es el banco.
Actualmente el seguro de hogar que pago no es solo por el llamado de incendios, si no que incluye contenido etc. y el de vida sólo lo tiene mi marido, yo lo di de baja y el banco no nos penalizó (el tipo de interés) si dejábamos el de mi marido.
¿¿ Tengo que incluir lo que pago por estos dos seguros??? En el caso del de hogar... ¿¿es al 50% entre mi marido y yo?? y el de vida como sólo es de el es el 100% para su declaración??? En ambos seguros el beneficiario es el banco.
Muchisimas gracias por adelantado!!!!!!
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por Pedro Lopez:
Hola a todos:
Una consulta tecnica, he firmado un contrato de compra-venta y he abonado 30.000 eur de entrada 5000 eur de mi bolsillo y 25.000 me los prestó el banco en un ptmo personal a 15 años, la cas me la dan dentro de 3 años , la pregunta es :
me podré desgravar por 9015 eur el año que viene, o por el contrario solo de 5000 eur que es lo que he pagado de mi bolsillo. Y de ser asi podré desgravarme del prestamo por los 15 años que voy a estar pagando?? pq de ser asi creo haber leido que la deduccion por vivienda en construccion o pagos al promotor son como maximo 4 años.
Por favor estoy echo un lio
Gracias
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 6 Meses
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Los seguros que el banco te obliga su contratación para la concesión de la hipoteca es deducible, porque sin dicho seguro el banco no te concede la hipoteca, y por lo tanto, no se puede realizar la inversión en vivienda habitual. En vuestro caso, esto ocurre con el seguro de vida.
Sin embargo, el seguro de hogar, al ser un seguro obligatorio cuanto se tiene finanaciación ajena, no se puede incluir en las desgravaciones.
Salu2.
CAROLINA:
Hola, tengo una duda a la hora de icluir o no en la base de deducción de la vivienda habitual los seguros de vida y de hogar.
Estoy casada y por lo tanto la participación en los préstamos es al 50%. En las escrituras no indica que sea obligatorio el tema de los seguros, pero si que te bonifican el tipo de interés si los tienes contratados y el beneficiario es el banco.
Actualmente el seguro de hogar que pago no es solo por el llamado de incendios, si no que incluye contenido etc. y el de vida sólo lo tiene mi marido, yo lo di de baja y el banco no nos penalizó (el tipo de interés) si dejábamos el de mi marido.
¿¿ Tengo que incluir lo que pago por estos dos seguros??? En el caso del de hogar... ¿¿es al 50% entre mi marido y yo?? y el de vida como sólo es de el es el 100% para su declaración??? En ambos seguros el beneficiario es el banco.
Muchisimas gracias por adelantado!!!!!!
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 6 Meses
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Efectivamente, desde la primera aportación al promotor hasta la fecha de entrega no debe de superar 4 años para que dichas cantidades se pueda deducir como inversión en vivienda habitual.
Por otro lado, nos extraña que hayas solicitado un Préstamo Personal a 15 años para pagar una entreda de 25.000€, antes de seguir el proceso te recomendaría que eches números para determinar si los bancos te van a conceder la hipoteca o no. Ten en cuenta que estos como máximo dan el 80% del valor de la vivienda sin ningún tipo de cargas, y hasta el 40% de tu nómina (de estos 40% hay que quitar lo que ya pagas de cuota por el prestamo personal).
Por último, en cuanto a las deducciones de este año, no estoy muy seguro, puesto que es extraño que una persona solicite un préstamo personal para pagar la entrada, generalmente es la propia promotora que te fracciona el pago de la misma en letras durante el periodo de construcción. Dicho esto, yo aportaría a que te puedes deducir los 9.015€ este año, como si todo el dinero entregado el año pasado saliera de tu bolsillo... De todas formas te recomiendo que solicites la ayuda de hacienda para que te aclaren bien este punto.
Salu2.
Pedro Lopez:
Hola a todos:
Una consulta tecnica, he firmado un contrato de compra-venta y he abonado 30.000 eur de entrada 5000 eur de mi bolsillo y 25.000 me los prestó el banco en un ptmo personal a 15 años, la cas me la dan dentro de 3 años , la pregunta es :
me podré desgravar por 9015 eur el año que viene, o por el contrario solo de 5000 eur que es lo que he pagado de mi bolsillo. Y de ser asi podré desgravarme del prestamo por los 15 años que voy a estar pagando?? pq de ser asi creo haber leido que la deduccion por vivienda en construccion o pagos al promotor son como maximo 4 años.
Por favor estoy echo un lio
Gracias
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por Ana Maria:
En el 2006 compramos nuestra vivienda habitual y mi pareja anteriormente tenia otra vivienda, la cual vendimos en el 2008, el año anterior la teniamos alquilada y ese alquiler se declaró. Y ahora, este 2008 que vendimos la vivienda que anteriormente estaba alquilada y utilizamos el dinero para liquidar las hipotecas tanto de un vivienda como de la otra hemos ido a entregar la documentacion a nuestro asesor fiscal y nos ha dicho que aunque utilizamos el dinero en liqueidar la vivienda habitual como la compramos antes de vender la segunda vivienda ahora tendremos que pagar por la venta en esta declaracion lo que corresponda a hacienda por el beneficio que sacamos por la venta de ese piso. Cual es el tanto por ciento que corresponde a hacienda? Si el dinero se utilizó para saldar la deuda de la vivienda habitual no hay alguna manera de justificarlo para que no nos cobren tanto, estamos un poco agobiados por este tema ya que mi asesor nos dijo que no sabia con exactitud a cuanto ascenderia la cantidad a pagar en esta declaracion pero que sería un buen pellizco.
Por favor solicito respuesta urgente muchissimas gracias
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 6 Meses
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Díle a tu asesor que revisen las nuevas normas sobre la reinversión en vivienda habitual. Una de ellas que os afecta es:
En aquellos casos en los que se adquiera una nueva vivienda previamente a la transmisión de la vivienda habitual y dicha adquisición hubiera tenido lugar durante los ejercicios 2006, 2007 ó 2008, el plazo de los dos años anteriormente comentado para la transmisión de la anterior vivienda habitual queda ampliado hasta el 31 de diciembre de 2010.
Es decir, si has comprado una vivienda que será tu nueva vivienda habitual, y lo has hecho en los años 2006, 2007 o 2008, dispones de hasta el 31 de Diciembre de 2010 para vender la anterior vivienda, y el dinero obtenido lo reinviertes en la nueva vivienda, estás exento de pagar la plusvalía de esa primera vivienda.
El tanto por cierto que preguntas, es el 18%, pero no sobre el precio de venta, sino, sobre la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra (incluyendo los gastos de compra), es decir sobre la plusvalía.
Salu2.
Ana Maria:
En el 2006 compramos nuestra vivienda habitual y mi pareja anteriormente tenia otra vivienda, la cual vendimos en el 2008, el año anterior la teniamos alquilada y ese alquiler se declaró. Y ahora, este 2008 que vendimos la vivienda que anteriormente estaba alquilada y utilizamos el dinero para liquidar las hipotecas tanto de un vivienda como de la otra hemos ido a entregar la documentacion a nuestro asesor fiscal y nos ha dicho que aunque utilizamos el dinero en liqueidar la vivienda habitual como la compramos antes de vender la segunda vivienda ahora tendremos que pagar por la venta en esta declaracion lo que corresponda a hacienda por el beneficio que sacamos por la venta de ese piso. Cual es el tanto por ciento que corresponde a hacienda? Si el dinero se utilizó para saldar la deuda de la vivienda habitual no hay alguna manera de justificarlo para que no nos cobren tanto, estamos un poco agobiados por este tema ya que mi asesor nos dijo que no sabia con exactitud a cuanto ascenderia la cantidad a pagar en esta declaracion pero que sería un buen pellizco.
Por favor solicito respuesta urgente muchissimas gracias
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