Pues yo tengo una gran duda
Compré en Nov 2011 una casa de nueva construccion, antes vivia de alquiler. Los años 2009 y 2010 me deduje de cantidades aportadas al promotor, y en 2011, pagué parte en concepto de “cantidades a cuenta” y parte ya en la propia compra (IVA, ultimno pago y, el resto, con un prestamo hipotecario cuyo valor fue justo el 100% del precio total de la casa impuestos incluidos).
A la hora de realizar la declaracion de 2011, debo solo sumar lo que pagué en el ejercicio 2011 y deducirme lo oportuno, o bien debo restar sobre lo que ya me deduje los años 2009 y 2010 ?. Es que creo que al obtener el 100% del valor total de compra (impuestos inc), si no lo hago de esta 2ª manera, estoy deduciendome 2 veces por el mismo dinero (en concreto, el pagado en 2009 y 2010 con derecho a deducción …), no??
Muchas gracias
Roccko@gmail.com