Comentario enviado por Virginia:
El 05 de abril de 2011 mi marido y yo adquirimos una vvda (precio de compra más gastos d notaria más registró más IVA=166.959,96) para lo cual pedimos un préstamo de 177.000 eur,por lo q nos podemos deducir de un 94,33%. Hasta ahí todo bien. Ahora m llea carta de hacienda y nos dice q como los pagos inherentes a la adquisición son financiados con el préstamo q no nos podemos deducir x ellos,que sólo nos podemos deducir por las cuotas de intereses y amortización pagadas en el año. Eso es cierto?