RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 3 Meses
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No entiendo bien eso de que habéis permutado un terreno por una vivienda. Me lo puede explicar un poco mejor para darle una respuesta.
Salu2
Valentín:
Hola, hemos recibido por herencia un terreno que hemos permutado por una vivienda. Esta vivienda figura en escritura a nombre de mi hermano y mío al 50%. He decidido comprarle a mi hermano su 50% por una cantidad de 100 mil euros. Tengo una cuanta vivienda abierta que me caduca el año que viene y quería saber si puedo emplear este dinero para comprarle a mi hermano su parte y si, posteriormente, podré deducir el importe que necesito pedir como hipoteca (64000 euros) y los gastos como necesarios para la adquisición de vivienda habitual.
Daros las gracias por anticipado.
Un saludo.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 3 Meses
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1. El empadronamiento de una persona en un lugar no implica que no tenga una vivienda habitual en otra. No es imprescindible estar empadronado en su vivienda habitual. Lo que puede alegar es que para agilizar el cambio de residencia, debido al inmitente venta de su vivienda, se ha empadronado en otra antes de la venta de la misma y con posterioridad a la firma del contrato de compra/venta. Pero habéis seguido habitando dicha vivienda hasta el momento de la escritura de compra/venta.
La forma de justificar que ese seguía siendo vuestra vivienda habitual, es que habéis seguido pagando la luz, el agua, la comunidad y demás gastos habituales de una casa. Otra cosa muy distinta si hubierais dado de baja todos los servicios de esa vivienda.
2. Efectivamente, aunque hayas comprado una nueva vivienda en el plazo de 2 años desde la venta, si ésta en un plazo de 1 año no es habituado de forma efectiva, ésta no será tu vivienda habitual y perderás todos los derechos que conlleva eso.
En cuanto a las excepciones de la anterior regla de matrimonio, tampoco aplica, puesto que la vivienda fue adquirida (firma de escritura pública) con posterioridad al enlace matrimonial.
Mirando en global y especialmente el punto 2, sintiéndolo mucho, pero hacienda tiene razón y tendrá que devolver lo deducido.
De todas maneras le recomiendo que acuda a un asesor fiscal para a ver si ellos encuentran algún resquicio de legalidad que se nos escapa a nosotros y se pueda librar de pagar la plusvalía correspondiente a dicha venta.
Salu2.
José:
Estimados amigos: os solicito vuestra opinión sobre la situación que a continuación os planteo;
En Junio de 2006 vendí mi vivienda habitual (habitada más de tres años), comprando otra en Agosto 2006 y aplicando la reinversión por vivienda habitual en la declaración del IRPF-2006; este último piso se compra en construcción y la entrega de llaves se produce en diciembre de 2007. En este contexto, tengo dos problemas:
1.- A la fecha de escritura de la venta yo ya me había mudado, un mes antes, (para dejar "libre" el piso) y empadronado en otro lugar. Tenía contrato de compra-venta desde tres meses antes y es cierto que el acto de escritura se demoró más de lo previsto por problemas económicos del comprador. Según me plantea ahora Hacienda, al no estar empadronado a la fecha de escritura en mi vivienda habitual, el piso pierde esta condición y no tengo derecho a la exención por reinversión.
Creo que justificando el contrato de compra-venta previo, momento en el que todavía sí que estaba empadronado en mi vivienda habitual, puede justificarse y mantener el derecho a la exención por reinversión. ¿Qué opináis?
2.- La nueva vivienda adquirida en agosto del 2006, con entrega de llaves en diciembre-2007, no he llegado acuparla ya que antes de la entrega de llaves contraje matrimonio (julio-2007) y nos instalamos en el piso de mi pareja (empadronándome en él). Entendiendo que a partir de ese momento no se consideraría mi vivienda habitual, no me he practicado deducciones por vivienda en las declaraciones del IRPF posteriores (2007, 2008, ...) aunque sigo pagando la hipoteca correspondiente.
¿Esta situación invalida de alguna forma la concepción del nuevo piso como vivienda habitual a los efectos de la declaración del IRPF-2006? Hacienda me plantea, además de lo anterior, que dado que nunca la he ocupado tampoco sería aplicable la exención por reinversión por no tener la consideración de vivienda habitual. En 2006 no podía ocuparla puesto que estaba en contrucción y, como he indicado, posteriormente contraje matrimonio antes de la entrega de llaves; pero, para mí, durante el 2006 sí debe considerarse como vivienda habitual a los efectos del IRPF.
Consultando el concepto "oficial" de vivienda habitual, artº 54 del R.D. 439/2007 (Reglamento del IRPF), parece que exceptúa el cumplimiento de la ocupación durante tres años y en los 12 meses siguientes en casos como matrimonio, separación, cambio de empleo....
Reconozco que es un caso atípico, pero os agradecería me aclaráseis los dos temas. Yo incluí en la declaración del 2006 la exención por reinversión y ahora Hacienda (por los dos motivos expuestos) plantea que debe tratarse el beneficio de la venta como incremento patrimonial y en consecuencia "pagar una pasta".
Muchas gracias por vuestra atención. Saludos.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 3 Meses
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Comentario enviado por Maria:
Quisiera plantear una duda: Respecto de la deducción por inversion en vivienda habitual veo que son 9.015 euros como máximo lo que nos podemos deducir. Lo que no entiendo es, si este límite de 9015 euros se refieren al total de gastos realizados en la compra vivienda o son 9015 euros el total deducible como máximo en la declaración. Un saludo. Agradeceros vuestra ayuda.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 3 Meses
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Son 9.015€ el máximo deducible anualmente en la declaración de hacienda. Si sois 2 personas y hacéis la tributación individual, podéis deduciros hasta un máximo de 9.015€ cada uno de vosotros.
Salu2
Maria:
Quisiera plantear una duda: Respecto de la deducción por inversion en vivienda habitual veo que son 9.015 euros como máximo lo que nos podemos deducir. Lo que no entiendo es, si este límite de 9015 euros se refieren al total de gastos realizados en la compra vivienda o son 9015 euros el total deducible como máximo en la declaración. Un saludo. Agradeceros vuestra ayuda.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 3 Meses
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Comentario enviado por Maria:
Muchas gracias por la respuesta. Creo que no me he expresado bien al formular mi pregunta. Lo que quisiera saber es, si estos 9015 euros son el total de la suma de gastos por adquisición de vivienda realizados, es decir, auque pagara anualmente 10.000 euros en concepto de hipoteca tan solo me podría deducir 9.015 euros. O por el contrario, estos 9015 euros sería el tope efectivamente deducible, es decir, que estos 9015 euros fueran el tope aplicable del resultado de aplicar el 15% sobre el total de gastos realizados en la adquisición de la vivienda. No se si esta vez he explicado bien el motivo de mi pregunta. Muchas gracias de nuevo.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 3 Meses
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Los 9.015€ son el tope máximo desgravable anualemente. Aunque cada año se pague en concepto de hipoteca 10.000€, sólo se puede desgravar 9.015€. Sobre esta cantidad (9.015€) se aplica el 15% de las deducciones por inversión en vivienda habitual.
Salu2.
Maria:
Muchas gracias por la respuesta. Creo que no me he expresado bien al formular mi pregunta. Lo que quisiera saber es, si estos 9015 euros son el total de la suma de gastos por adquisición de vivienda realizados, es decir, auque pagara anualmente 10.000 euros en concepto de hipoteca tan solo me podría deducir 9.015 euros. O por el contrario, estos 9015 euros sería el tope efectivamente deducible, es decir, que estos 9015 euros fueran el tope aplicable del resultado de aplicar el 15% sobre el total de gastos realizados en la adquisición de la vivienda. No se si esta vez he explicado bien el motivo de mi pregunta. Muchas gracias de nuevo.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 3 Meses
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Comentario enviado por Valentín:
En línea de la explicación que me pedís sólo indicarte que teníamos un terreno con una casa a nombre de mis abuelos. La hemos recibido en herencia y hemos permutado nuestra parte (1/2) por un piso que se está acabando de construir y una cantidad en dinero.
Esta nueva vivienda figura en el contrato de compraventa a nombre de mi hermano y mío al 50% tras el abono de la correspondiente plusvalía y de los consiguientes impuestos.
Por otro lado, he decidido comprarle a mi hermano su 50% por una cantidad de 100 mil euros. Tengo una cuanta vivienda abierta que me caduca el año que viene y quería saber si puedo emplear este dinero para comprarle a mi hermano su parte y si, posteriormente, podré deducir el importe que necesito pedir como hipoteca (64000 euros) y los gastos como necesarios para la adquisición de vivienda habitual.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 15 Años, 3 Meses
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El tema de la utilización del dinero de la cuenta vivienda es para la adquisición de la primera vivienda habitual en propiedad tanto completa como en parte.
Según lo que nos relatas, actualmente y antes de realizar la compra a su hermano del 50% de la vivienda, usted ya es propietario del 50% de la vivienda y puede que haya problemas a la hora de utilizar el dinero de la cuenta vivienda.
Le recomiendo que acuda a una Agencia Tributaria para que ellos le aclaren su caso; aunque pensamos que no va a poder utilizar el dinero de la cuenta vivienda para dicha adquisición y deberá de devolver lo deducido.
Salu2 y Suerte.
Valentín:
En línea de la explicación que me pedís sólo indicarte que teníamos un terreno con una casa a nombre de mis abuelos. La hemos recibido en herencia y hemos permutado nuestra parte (1/2) por un piso que se está acabando de construir y una cantidad en dinero.
Esta nueva vivienda figura en el contrato de compraventa a nombre de mi hermano y mío al 50% tras el abono de la correspondiente plusvalía y de los consiguientes impuestos.
Por otro lado, he decidido comprarle a mi hermano su 50% por una cantidad de 100 mil euros. Tengo una cuanta vivienda abierta que me caduca el año que viene y quería saber si puedo emplear este dinero para comprarle a mi hermano su parte y si, posteriormente, podré deducir el importe que necesito pedir como hipoteca (64000 euros) y los gastos como necesarios para la adquisición de vivienda habitual.
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