Comentario enviado por Daniel G.:
Buenos días, mi pregunta es la siguiente:
Mi mujer y yo (casados en gananciales) tenemos una vivienda habitual comprada en septiembre de 2007 de la cual nos deducimos cada uno 9.015 € por nuestro préstamo hipotecario dado que hacemos declaración individual.
De la lectura de su artículo, al haber comprado la vivienda habitual antes del 31 de diciembre de 2010 seguiremos teniendo derecho a la deducción, pero, ¿qué pasaría si ya en 2011 vendemos esta vivienda para cambiarnos a una mejor, que también por tanto sería vivienda habitual? Cumpliendo por supuesto con los límites que establece la ley de reinvertir el importe neto obtenido en la nueva vivienda habitual, y teniendo en cuenta aquellas cantidades invertidas en el pasado que ya fueron objeto de deducción, ¿seguiría teniendo derecho en 2011 y años posteriores a la deducción por inversión en vivienda habitual?
Muchas gracias anticipadas por su respuesta.