Comentario enviado por ISAIAS:
Buenos dias, le paso a comentarle el asunto en cuestión:
En el año 2008 establecí mediante un contrato entre particulares un prestamo de 90000 euros para la compra de mi vivienda habitual.
A partir del año 2009 estoy devolviendo alrededor de unos 9000 euros anuales, mediante trasferencia bancaria al prestamista.
Tengo un posesión el contrato de prestamo en el cual figura que ese dinero es para la compra de una vivienda, la copia de la transferencia recibida a mi cuenta, y los recibos de las cantidades abonadas.
El problema es que en el año 2008, tras firmar el contrato no presente el modelo 600 en hacienda.
Mi pregunta es la siguiente:
¿puedo presentar en el ejercicio de la renta del 2009, la dedución de las cantidades devueltas del prestamo, teniendo únicamente el contrato y los recibos?
¿ es obligatorio presentar el modelo 600 en hacienda?
¿ Puedo presentar ahora el modelo 600, habiendo firmado el contrato en el 2008?
¿ Si lo hago me impondrán algún tipo de "multa" o sanción?
¿ Que debo hacer, presento el importe devuelvo como deduccion de la vivienda habitual, unicamente teniendo el contrato y los justificante de pago?
Muchas gracias