RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años, 5 Meses
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Para poder comenzar a desgravar esta segunda vivienda, tienes que haber invertido al menos la misma cantidad de dinero que te hayas deducido en la anterior vivienda.
Por lo tanto, tienes que rescatar todas las declaraciones hasta el 1999 cuando has comenzado a deducirte por la adquisición de tu primera vivienda habitual, e igualmente echar cuentas sobre la cantidad de dinero invertido ya en la adquisición de tu vivienda habitual actual.
Salu2.
Joaquín Raigón:
En 1999 adquirí una vivienda de la que me he ido deduciendo las cantidades correspondientes a los distintos ejercicios.
El 3 de octubre de 2007, compré una nueva vivienda, constituyendo ésta mi vivienda habitual desde entonces y conservando la anterior a mi disposición.
¿Podría seguir deduciéndome la hipoteca de la nueva vivienda hasta completar el importe de la primera, teniendo en cuenta la fecha de compra de la última?
Espero respuesta y gracias por vuestra atención.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años, 5 Meses
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Desde el punto de vista estricto, sólo te podrías deducir el 33% de lo pagado en la hipoteca, ya que sólo tienes esa parte del préstamo hipotecario.
Sin embargo, si eres capaz de demostrar que pagas la totalidad del crédito te podrías incluso deducirte el 100%.
Salu2.
Gabi:
buenos dias,
En el 2008 compre un piso junto ocn mis padres, en la compraventa la propiedad es en un 90% mia y el resto el 10% de mis padres, ademas es mi vivienda habitual. En el prestamo hipotecario figuramos los 3, aunque en la practica pago ya la totalidad del prestamo. la pregunta es:
¿puedo deducirme de las cantidades totales aportadas al prestamo duratne el año?? ¿o solo del 90%? ¿o del 33? la cantidad aportada anulamente al prestamo es aproximadamente 12.000 con lo que superaria el maximo de 9.015.
muchas gracias
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por Joaquín Raigón:
Agradezco tu respuesta.
Perdona por mi insistencia, pero mi principal duda reside en la fecha de adquisición de la segunda vivienda, posterior al 20 de enero de 2006.
¿Podría seguir deduciéndome la diferencia (2ª vivenda-lo ya deducido de la 1ª vivienda) en los mismos porcentajes que lo hacía con la primera.
Muchas gracias.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años, 5 Meses
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Los porcentajes de deducción será en función de la fecha de adquisición.
Si tu vivienda actual se ha adquirido con posterioridad a 20 de enero de 2006, te podrás deducir sólo el 15% de las cantidades satisfechas durante el año y con máximo de 9.015€.
Salu2.
Joaquín Raigón:
Agradezco tu respuesta.
Perdona por mi insistencia, pero mi principal duda reside en la fecha de adquisición de la segunda vivienda, posterior al 20 de enero de 2006.
¿Podría seguir deduciéndome la diferencia (2ª vivenda-lo ya deducido de la 1ª vivienda) en los mismos porcentajes que lo hacía con la primera.
Muchas gracias.
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por Leocadio Carretas:
Hola, buenas dias,
Mi duda es la siguiente: cuando me case con mi mujer, ya hace bastantes años, ella estaba acabando de pagar la hipoteca del piso que a partir de aquel momento paso a ser domicilio conyugal. Aunque el piso figura como 100% de su propiedad, dado que nos casamos en gananciales, yo me desgrave alguna cantidad, aproximadamente unos 3000 euros (quedaba muy poco para liquidar la hipoteca en el momento de contraer matrimonio). Ahora hemos adquirido un nuevo domicilio familiar, al 50% cada uno, al que nos hemos trasladado a vivir y por el que de momento hemos satisfecho en 2009 unos 40000 euros en conjunto. Tengo claro que hasta que mi esposa no abone las cantidades equivalentes a todo lo que se dedujo en el anterior piso no tiene derecho a ninguna nueva deduccion. Pero en mi caso tengo una duda. Dado que en el ejercio 2009 yo he aportado la mitad de esos 40000 euros, es decir 20000, y dado que el tope maximo de deduccion por declaracion y año es de 9015 euros, no me queda claro si los 3000 euros que me deduje en ejercicios anteriores los tendria que restar sobre los 20000 euros que yo he abonado en 2009 (con lo cual todavia me podria deducir el maximo de 9015 euros), o si esos 3000 euros que me deduje se los tendria que restar al maximo deducible anualmente (9015 euros) y por lo tanto solo podria aplicar una deduccion de 6015 euros este año.
Espero que puedan resolver mi duda.
Atentamente,
Leocadio
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años, 5 Meses
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En tu caso te puedes deducir hasta el máximo: 9.015€.
En la anterior vivienda sólo te has deducido 3.000€ y la inversión que has realizando en la nueva vivienda es de 20.000€, así que tendrías derecho a deducirte 17.000€. Pero como el máximo son de 9.015€ anual, esta es la cantidad que tienes derecho a deducir.
Salu2.
Leocadio Carretas:
Hola, buenas dias,
Mi duda es la siguiente: cuando me case con mi mujer, ya hace bastantes años, ella estaba acabando de pagar la hipoteca del piso que a partir de aquel momento paso a ser domicilio conyugal. Aunque el piso figura como 100% de su propiedad, dado que nos casamos en gananciales, yo me desgrave alguna cantidad, aproximadamente unos 3000 euros (quedaba muy poco para liquidar la hipoteca en el momento de contraer matrimonio). Ahora hemos adquirido un nuevo domicilio familiar, al 50% cada uno, al que nos hemos trasladado a vivir y por el que de momento hemos satisfecho en 2009 unos 40000 euros en conjunto. Tengo claro que hasta que mi esposa no abone las cantidades equivalentes a todo lo que se dedujo en el anterior piso no tiene derecho a ninguna nueva deduccion. Pero en mi caso tengo una duda. Dado que en el ejercio 2009 yo he aportado la mitad de esos 40000 euros, es decir 20000, y dado que el tope maximo de deduccion por declaracion y año es de 9015 euros, no me queda claro si los 3000 euros que me deduje en ejercicios anteriores los tendria que restar sobre los 20000 euros que yo he abonado en 2009 (con lo cual todavia me podria deducir el maximo de 9015 euros), o si esos 3000 euros que me deduje se los tendria que restar al maximo deducible anualmente (9015 euros) y por lo tanto solo podria aplicar una deduccion de 6015 euros este año.
Espero que puedan resolver mi duda.
Atentamente,
Leocadio
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por Leocadio Carretas:
Muchas gracias por su respuesta.
Leocadio
Leocadio Carretas:
Hola, buenas dias,
Mi duda es la siguiente: cuando me case con mi mujer, ya hace bastantes años, ella estaba acabando de pagar la hipoteca del piso que a partir de aquel momento paso a ser domicilio conyugal. Aunque el piso figura como 100% de su propiedad, dado que nos casamos en gananciales, yo me desgrave alguna cantidad, aproximadamente unos 3000 euros (quedaba muy poco para liquidar la hipoteca en el momento de contraer matrimonio). Ahora hemos adquirido un nuevo domicilio familiar, al 50% cada uno, al que nos hemos trasladado a vivir y por el que de momento hemos satisfecho en 2009 unos 40000 euros en conjunto. Tengo claro que hasta que mi esposa no abone las cantidades equivalentes a todo lo que se dedujo en el anterior piso no tiene derecho a ninguna nueva deduccion. Pero en mi caso tengo una duda. Dado que en el ejercio 2009 yo he aportado la mitad de esos 40000 euros, es decir 20000, y dado que el tope maximo de deduccion por declaracion y año es de 9015 euros, no me queda claro si los 3000 euros que me deduje en ejercicios anteriores los tendria que restar sobre los 20000 euros que yo he abonado en 2009 (con lo cual todavia me podria deducir el maximo de 9015 euros), o si esos 3000 euros que me deduje se los tendria que restar al maximo deducible anualmente (9015 euros) y por lo tanto solo podria aplicar una deduccion de 6015 euros este año.
Espero que puedan resolver mi duda.
Atentamente,
Leocadio
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RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años, 5 Meses
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Comentario enviado por Ricardo Losa Gaspá:
Hola el otro día estuve en Hacienda para que me ayudaran a
hacer la declaración. Soy de Cataluña, tengo 30 años y compre la vivienda en Noviembre 2009. Ellos aseguran que no tengo derecho al 1,5% de deducción extra. Ellos me dicen que a mi me aplica el 15% de los 9015€. Es así? como puedo reclamar? Me obliga a utilizar el programa PADRE o puedo exigirle a hacienda que lo cambie?
H leído en vuestro artículo que:
Los contribuyentes residentes en Cataluña tiene una deducción extra del 1,5% en el caso de que cumpla alguna de las siguientes condiciones:
Tener 32 años o menos a 31 de diciembre de 2008 y una base imponible no superior a 30.000€.
Haber estado en el paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
Tener un grado de minusvalía del 65% o más.
Formar parte de una unidad familiar que incluya al menos un hijo durante el año 2008.
Gracias por adelantado.
Ricardo
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