Comentario enviado por sergio:
Hola, me uno a la respuesta de Francisco, Gracias por la rápidez de las respuestas. Sois de gran utilidad, ya que en su día lo consultamos a unos abogados y nos dijeron que por la causa de matrimonio no tendríamos problemas y ahora me dicen que lo interán alegar pero que vaya haciendo unos ahorrillos porque ahora no lo ven claro.....como cambia la cosa. Ahora que hago con ellos, porque el que tiene que pagar y a quien buscan es a mí.
Por cierto, viendo que mi tema de la reinversión de la ganancia patrimonial en otra vivienda habitual hacienda no lo considera cauda justificada por la celebración de matrimonio y nos reclaman en la propuesta de liquidación de la agencia tributaria unos 12.000 € a mí y otros tantos a mi mujer, como se calcula las sanciones que vendrían a posterior, porque entiendo que primero se tendría que liquidar los 24.000 € que reclaman por no considerarse reinversión y posteriormente una sanción por no haberlo realizado en el año 2005 que fue el año en que sucedió todo. Claro, han esperado a justo antes de los 5 años para que el palo fuera mayor.
Y la última consulta, como y de que manera se puede aplazar estos pagos. La agencia tributaria entiendo que te lo puede aplazar realizando una serie de pagos anuales, o trimestales...., pero sí estuviera en lo cierto, en cuentos años podría relizar dichos pagos?? Gracias por todo.