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Deduccion vivienda habitual
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Foro de vivienda, hipotecas, ayudas y deducciones de vivienda, alquiler de vivienda y compra venta de viviendas.
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TEMA: Deduccion vivienda habitual
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#19562
RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años Karma: 60
Tienes que habitarlo durante al menos 3 años salvo por fuerza mayor. Lease la pregunta ¿Qué es una vivienda habitual? del artículo.

Salu2.

jose:
si yo compro una vivienda habitual en el año 2010, a partir de que año puedo venderla y/o alquilarla.
muchas gracias
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#19583
RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años Karma: 20
Comentario enviado por jose:

Buenas tardes,
Entonces volviendo a la compra de una vivienda habitual en al año 2010, una vez transcurridos los 3 años con tal uso, ¿podría proceder a alquilarla ó venderla si me interesara?.
Si yo alquilo esa casa una vez transcurrido los 3 años, (salvo por fuerza mayor) podría seguir desgravando los gastos hipotecarios en mi IRPF del año 2014. ¿que implicaciones fiscales tendría la optención de esa Renta de Capital Mobiliario?
muchas gracias
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#19584
RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años Karma: 60
Una vez que lo alquilas o vendas, dicha vivienda dejará de ser tu vivienda habitual y por lo tanto no podrás seguir deduciendotelo.

Si lo vendes en el 2013, los meses que haya sido tu vivienda habitual lo podrás deducir en la declaración del 2014.

Si lo alquilas, las rentas que se obtienen del alquier tienes que declararlo como ganancias de capital inmobiliario.

Salu2.

jose:
Buenas tardes,
Entonces volviendo a la compra de una vivienda habitual en al año 2010, una vez transcurridos los 3 años con tal uso, ¿podría proceder a alquilarla ó venderla si me interesara?.
Si yo alquilo esa casa una vez transcurrido los 3 años, (salvo por fuerza mayor) podría seguir desgravando los gastos hipotecarios en mi IRPF del año 2014. ¿que implicaciones fiscales tendría la optención de esa Renta de Capital Mobiliario?
muchas gracias
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#19613
RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años Karma: 20
Comentario enviado por Cesar:

Quiero adquirir mi vivienda habitual, que será de segunda mano, en 2010 para aprovechar la deducción fiscal.

¿basta con que firme el contrato de compra venta antes del 31 de diciembre y entregue parte a cuenta o es necesario firmar ante notario antes del 1 de enero?
anonimo
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#19628
RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años Karma: 60
El momento de la adquisición de una vivienda habitual que está en construcción se considera el instante en que se realice la firma de contrato de compra-venta y la primera entrega que se haga al promotor.

Lo que no estoy seguro es que esto sea extensible a la compra de una vivienda de segunda mano.

Consúltalo y asegúrante en la Agencia Tributaria.

Salu2.

Cesar:
Quiero adquirir mi vivienda habitual, que será de segunda mano, en 2010 para aprovechar la deducción fiscal.

¿basta con que firme el contrato de compra venta antes del 31 de diciembre y entregue parte a cuenta o es necesario firmar ante notario antes del 1 de enero?
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#19659
Deducción VS comprobación de la situación patrimonial (art 70) hace 14 Años Karma: 0
Buenas.

Estoy a punto de firmar un contrato de compra de vivienda habitual este año. Planteandome la situación para poder deducirme los 1.352,25 € máximos (15% de 9.015€) me topo en el manual de la renta 2009 de la web de hacienda 2 cosas que llaman la atención.

La primera es que incluyen como gasto deducible el IVA. Lo mencionan como ejemplo de otros gastos posibles, como notaría, registro, agencia, etc. Yo suponia que el IVA no es un gasto deducible.


La segunda cuestión, la verdaderamente problemática es lo que titulan como "Comprobación de la situación patrimonial: base efectiva de inversión deducible (art 70 Ley IRFP)

El art en cuestión es este:
Código:

Artículo 70. Comprobación de la situación patrimonial.

1. La aplicación de la deducción por inversión en vivienda y de la deducción por cuenta ahorro- empresa requerirá que el importe comprobado del patrimonio del contribuyente al finalizar el período de la imposición exceda del valor que arrojase su comprobación al comienzo del mismo al menos en la cuantía de las inversiones realizadas, sin comput ar los intereses y demás gastos de financiación.

2. A estos efectos, no se computarán los incrementos o disminuciones de valor experimentados durante el período impositivo por los elementos patrimoniales que al final del mismo sigan formando parte del patrimonio del contribuyente.



Y vienen a explicar, que la base de deducción efectiva está condicionada al aumento del patrimonio en el período fiscal. OJO, el aumento del patrimonio, no la renta. Con lo que si yo me gasto 10.000 € en gastos de formalización, con lo que se supone llegaría al máximo de gastos deducibles de 9.015€, no podría deducir por esos 9.015 sino por el aumento del patrimonio desde enero a diciembre.

Vamos, el mundo al revés. Cuanta menos capacidad de ahorro menos deduces. Y ya bueno, pensndo en que a ver cuantas personas pueden siquiera deducir algo ya que cualquiera que, "viviendo al día" (que no pudiese ahorrar nada) sólo podría deducir la amortización de la hipoteca, que es en lo que se ve incrementado su patrimonio, y no podría deducir los intereses ya que la base máxima de gastos deducibles estaría limitada por su incremento de patrimonio, que es precisamente lo que amortiza (sienmpre suponiendo que no careciera de capacidad para ahorrar). En el caso de que si pudiese ahorrar algo (supongamos que en la cuenta corriente en diciembnre tenga 1000€ más que en enero) su límite a deducir sería todo lo amortizado más los intereses, estos sólo hasta un máximo de 1000€. Vamos el mundo al reves. ¿Estoy alucinando? ¿Es un error de hacienda? ¿Esto está en la ley pero no se aplica? ¿?¿?¿?
Juanj
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#19665
Re: Deducción VS comprobación de la situación patrimonial (art 70) hace 14 Años Karma: 60
1. Se puede deducirse todos los Impuestos y gastos de una compra-venta de vivienda habitual, al igual que los intereses de las hipotecas.

2. Me sorprende que apliquen ese artículo ya que hay muchas consultas vinculantes de la agencia tributaria que dicen exactamente lo del punto 1, y nunca lo condiciona a la comprobación del incremento de patrimonio.

Salu2.
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#19695
RE: Deducción por inversión en vivienda habitual. hace 14 Años Karma: 20
Comentario enviado por María:

Hola:
Este ao 2010 he terminado de pagar una hipoteca de unos 50000 euros. Quiero comprar una segunda vivienda y a estas alturas no estoy muy segura de si me compensaría hipotecarme otra vez por la desgravación. Tengo 54 años. Estoy indecisa por la edad también.
Gracias anticipadas.
Atentamente
anonimo
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