Iñigo nos pregunta desde el artículo de la
cuenta vivienda lo siguiente:
Buenas noches a todos
Hace 2 años que traspase el importe de mi cuenta vivienda a un promotor, cancelandola acto seguido.
Lamentablemente a los seis meses la obra se paro y lleva lleva año y medio parada.
La promotora no tienen ninguna prisa para retomar la construccion pero me ha asegurado que me devuelve el dinero que les adelante.
He decidido comprarme una vivienda ya construida con ese dinero, que logicamente seria mi vivienda habitual. (actualmente estoy en piso de alquiler)
Que deberia hacer para no tener que devolver a hacienda las desgravaciones que me hizo esos años, y mas importante, no tener que pagara intereses?
Gracias a todos
Si te devuelven el dinero, mételo nuevamente en la cuenta vivienda, si aún estás en plazo de adquirir la vivienda (4 años desde la apertura o hasta el 31 de diciembre de 2010 si la fecha de caducidad cae entre el 2008 y 2010) y guarda los recibos de la devolución y pago al promotor para justificar la compra desistida.
A partir de ese momento puedes intentar volver a realizar una compra, pero el plazo de vencimiento de la cuenta vivienda sigue siendo la misma que tenías.
Salu2.