Acabo de leer el artículo sobre el bono social al que se pueden acoger ciertos colectivos y hay un punto que no me queda claro, los pensionistas. En concreto la parte siguiente
Pensionistas: Los consumidores con 60 o más años de edad que acrediten ser pensionistas del sistema de Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y
que perciban las cuantías mínimas vigentes en cada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titulares sin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal, así como los beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez mayores de 60 años.
Suponiendo que una persona sea pensionista, no sea una unidad económica unipersonal y cobre la cuantía mínima entonces: ¿Tiene derecho a ser beneficiario del bono social, o bien no lo tiene salvo que tenga cónyuge a cargo?
¿Es necesario que tu cónyuge esté a tu cargo para que puedas beneficiarte del bono social?
Gracias por la ayuda.