Vivimos en un pequeño chalet en un pueblo de CLM próximo a Madrid, estoy a punto de cumplir 61 años, mi esposa sufre gran invalidez y gran dependencia y yo mismo tengo una discapacidad del 53% reconocida.
En estos momentos mi empresa está a punto de lleva a cabo una restructuración y, como suele ocurrir en estos casos, se recurre a los empleados que tienen una edad más avanzada, cosa que no me viene nada mal dada la carga que supone estar cuidando a una persona dependiente.
Por las razones de salud descritas, especialmente las de mi mujer, nos vemos obligados a cambiarnos a un piso bajo que se están construyendo en la comunidad de Madrid que tiene protección pública básica, razón por la cual no podemos disponer de vivienda propia y, al margen de que tendremos que venderla para poder pagar la nueva, tendremos que hacerlo antes de la entrega de la nueva, lo que nos supondrán un gran agravio ya que mi esposa está prácticamente encamada y todos ello nos va a generar unos problemas muy complicados de superar. La alternativa de quedarnos donde vivimos es prácticamente imposible por las escaleras del chalet y porque una adaptación no aportaría ninguna mejora significativa.
La cuestión que se nos plantea es la siguiente: Si no podemos vender el chalet antes de la entrega de la vivienda tendríamos que recurrir a la cesión de uso y disfrute a mi hijo durante un tiempo máximo de un año, que eso es al parecer lo que permite la Ley, y ello conllevaría en un primer paso gastos de notario y no sé qué más.
Otra opción que se nos ocurre que podría ser vendérselo o donárselo hasta que lo podamos vender a un tercero.
¿Me podrían dar algún consejo al respecto para ir sopesando las posibilidades existentes?
Muchas gracias