RE: Alquiler vivienda: consideraciones a tener en cuenta, contrato de alquiler hace 12 Años, 5 Meses
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Lo siento, pero me temo que estás haciendo una consulta de un tema no española.
A ver si un experto de tu país te puede ayudar.
Salu2.
gerardo:
Hola quería hacer una consulta, estoy por alquilar un ph en agosto, el alquiler del primer año es de 1900 y el segundo año es 2400. En el contrato de locación tengo una inquietud con esta clausula:
QUINTA: Durante el primer año de la locación, esto es, entre el 1 de Agosto de 2012 y el 31 de Julio de 2013 se efectuarán en el inmueble locado refacciones y mejoras que están a cargo de LOS LOCATARIOS, por lo cual EL LOCADOR los compensará con una bonificación de $500 (quinientos pesos) por mes. En virtud de ello EL LOCADOR acepta percibir durante el primer año señalado, un pago neto de la locación de $1.900 (Mil novecientos pesos) mensuales. Y durante el segundo año de la locación, es decir entre el 1 de Agosto de 2013 y el 31 de Julio de 2014, LOS LOCATARIOS abonarán el monto completo del alquiler mensual pactado, ó sea $2.400 (Dos mil cuatrocientos pesos). Oportunamente LOS LOCATARIOS tendrán a su cargo exhibir las refacciones y mejoras realizadas, que quedarán a beneficio del inmueble sin otra compensación que la enunciada en el presente punto, debiendo contar con la conformidad de EL LOCADOR, según el siguiente inventario:-------------------------------------------------------------------------------------
-Pijntura interior completa del inmueble./////////////////////////////////////////////////////////
-Tareas necesarias de albañilería y pintura para restaurar lo alterado en la colocación de la nueva instalación de gas reglamentaria./////////////////////////////////////////////////////////
Bien nose si es para justificar el aumento del alquiler del segundo año o hay algo mas... porque si tengo que hacer un arreglo de mas de 6000 pesos el primer año tendría que hacerme cargo yo, bueno espero su respuesta Muchas gracias.
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RE: Alquiler vivienda: consideraciones a tener en cuenta, contrato de alquiler hace 12 Años, 4 Meses
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Comentario enviado por manuela:
quiero alquilar un piso y me gustaria saber la ley que lo ampara y si es por 1 año con prorroga a 3 (hasta ahora creo que er de 1 año con prorroga a 5)
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RE: Alquiler vivienda: consideraciones a tener en cuenta, contrato de alquiler hace 12 Años, 4 Meses
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Comentario enviado por Jesuli:
llevo 3 años de inquilino y la última renovación del contrato se produjo en julio. Como jamás hemos tenido ningún problema y yo pensaba que nuestra relación era cordial, hablé dicho mes con el propietario para advertirle que a partir de Octubre no iba a poder pagar el alquiler porque ha cambiado mi situación laboral y porque se me termina la renta de emancipación.
Mi casero me comentó que eso es incumplimiento de contrato ya que se lo debería haber dicho en Junio y que, por tanto, le deberé pagar una indemnización o esperar hasta julio del año próximo.
¿Es eso legal? Lo cierto es que mi contrato no dice nada de acerca de larescisión de contrato.
Gracias
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RE: Alquiler vivienda: consideraciones a tener en cuenta, contrato de alquiler hace 12 Años, 4 Meses
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Comentario enviado por Jesuli:
Perdón. añado que le comenté que mi idea era mudarme a otro alquiler más barato a partir de Octubre o que el me hiciese una bajada de precio. Él se niega a bajarme el precio del alquiler.
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RE: Alquiler vivienda: consideraciones a tener en cuenta, contrato de alquiler hace 12 Años, 4 Meses
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Lease el artículo de arriba.
manuela:
quiero alquilar un piso y me gustaria saber la ley que lo ampara y si es por 1 año con prorroga a 3 (hasta ahora creo que er de 1 año con prorroga a 5)
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RE: Alquiler vivienda: consideraciones a tener en cuenta, contrato de alquiler hace 12 Años, 4 Meses
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No, con que adviertas creo recordar con 1 mes de antelación es suficiente para dejar el piso.
De cualquier forma, él tiene todas las de perder... si no quiere no pagas, y sólo te podrá echar vía judicial y eso tarda muchos muchos meses.
Salu2.
Jesuli:
llevo 3 años de inquilino y la última renovación del contrato se produjo en julio. Como jamás hemos tenido ningún problema y yo pensaba que nuestra relación era cordial, hablé dicho mes con el propietario para advertirle que a partir de Octubre no iba a poder pagar el alquiler porque ha cambiado mi situación laboral y porque se me termina la renta de emancipación.
Mi casero me comentó que eso es incumplimiento de contrato ya que se lo debería haber dicho en Junio y que, por tanto, le deberé pagar una indemnización o esperar hasta julio del año próximo.
¿Es eso legal? Lo cierto es que mi contrato no dice nada de acerca de larescisión de contrato.
Gracias
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RE: Alquiler vivienda: consideraciones a tener en cuenta, contrato de alquiler hace 12 Años, 4 Meses
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Ya, eso me imaginaba.
Salu2.
Jesuli:
Perdón. añado que le comenté que mi idea era mudarme a otro alquiler más barato a partir de Octubre o que el me hiciese una bajada de precio. Él se niega a bajarme el precio del alquiler.
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RE: Alquiler vivienda: consideraciones a tener en cuenta, contrato de alquiler hace 12 Años, 3 Meses
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Comentario enviado por Julia Tatay:
Buenas tardes,
¿es obligatorio la indicación de la fianza?. El arrendador es un pariente mío, e indicaba en el borrador de contrato que no cerrabamos fianza, pero lo ha dicho su abogado, que es obligatorio por ley si o si, el indicarlo.
Me podrían confirmar si esto es así?
Muchas gracias.
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