Hola, me gustaría plantear una duda que tengo para la próxima declaración de la renta.
El año pasado vendí mi vivienda habitual para comprarme una nueva. El hecho es que no invertí el valor neto de venta y tengo claro que tendré que pagar el porcentaje de plusvalía correspondiente.
La duda se me plantea en cuándo podré deducirme de la nueva vivienda. Sé que es hasta que no haya invertido al menos lo que ya había deducido en la anterior, pero eso está cumplido. ¿también hay que contar el importe de venta no invertido?. ¿hay que haber invertido el importe neto de venta (aunque pague el impuesto de plusvalía) mas lo invertido anteriormente para empezar a deducir de nuevo?.
Muchas Gracias!.
Mercedes