Un usuario de
www.tucapital.es nos remite la siguiente pregunta:
Gracias de antemano por la ayuda. Mi duda es la siguiente:
mi cuenta vivienda cumplirá el plazo de cuatro años el dos de marzo de 2011. ¿Podría cancelar la cuenta dando el dinero al promotor de unas viviendas que no estarán construídas hasta dentro de dos años y abrir una nueva cuenta vivienda destinada a invertir en dichas viviendas? Gracias.
Sí, puedes hacer un contrato de compra venta con un promotor, desde ese momento dispones de 4 años para realizar la escritura pública de la vivienda.
Salu2.