Tengo una vivienda por la que desgravé por ser mi vivienda habitual. Si ahora compro una segunda vivienda en el 2010 que sería mi vivienda habitual, sin vender la primera, según la ley podría desgravar por esta segunda vivienda una vez que haya pagado la cantidad que desgravé por la primera. Teniendo en cuenta la entrada en vigor de la nueva Ley, ¿yo podría practicar la desgravación aunque esta tenga lugar dentro de unos años, una vez que haya conseguido pagar la cantidad que desgravé por la primera?