Hola, el 2009 mi novio y yo vivíamos en pisos de alquiler independientes.
Abrimos cuentas viviendas por separado, aportando él los 9.015€ (deducidas en la renta del 2008) y yo 18.000€ (deducidas ya en la rentas del 2007 y 2008).El 2009 no llegamos a aportar nada, se nos olvido.
A mediados de noviembre 2009 decidimos comprar un piso para reformar.
El piso nos costo 181.000€ de los cuales el Banco sólo nos concedió la hipoteca del 80% del valor de tasación, siendo éste el préstamo hipotecario de 171.000€.
Esto conllevo a que hemos realizado el resto de pagos con financiación propia que son 10.000€ que faltaba más los gastos de escritura, notario, etc de 15.000€, haciendo un total de 25.000€.
Lo cierto es que hemos tenido que gastar para las reformas del piso antes de ir a vivir en él, pagando 9000€ por la misma.
Nos empadronamos en el piso el 28 de diciembre 2009.
Estoy rellenando los datos en el programa PADRE pero tengo muchas dudas al respecto:
- Cual sería el importe a deducir por vivienda habitual: Puedo deducirme los 25.000€?? (sé que a c/u le corresponde la deducción del 50%= 12.500€)
Por lo que he leído no puede hacerse doble deducción, aunque nosotros no hemos aportado nada a la cuenta vivienda en el 2009? esto no lo entiendo, o es que tenemos que restarle cada uno la aportación que hemos realizado a nuestras cuentas viviendas, es decir si él aporto 9015€ y la deducción que nos corresponde es de 12.500 a c/u, sólo podrá realizarla de la diferencia que es 3.485€ y yo lo mismo??
- Puedo deducirme por el alquiler del 2009, vivo en Bcn y tengo 36 años?, hasta que mes sería, se prorratea o son meses completos?, porque el alquiler lo tenía a medias con mi hermana y ella se ha quedado en él (aunque yo figuro en el contrato de alquiler todavía), representa que estuve viviendo allí hasta el momento que me empadrone en el piso que compramos con mi novio.
Muchas gracias!!!