Buenos dias, estoy pensando abrir una cuenta vivienda este mes con 9015€, pero posiblemente firme un contrato de compra-venta de una vpp antes de finalizar el año.¿Puedo utilizar ese dinero para pagar lo que se me exige en el contrato de compra venta a la firma y deducirmelo en la próxima declaración de la renta?¿O es mejor no abrir la cuenta vivienda y deducirme ese pago como pago al promotor?Creo que el máximo en ambos casos son 9015€ y solo me puedo desgravar uno ¿no?
Por otro lado no os preguntaré por el controvertido tema de si entro en las deducciones sin limites hasta 2010 porque ya veo que no hay nada claro sobre el tema, ¿pero qué ocurre con la ayuda directa a la entrada?¿Tendría derecho a ella si firmo el contrato de compra-venta antes de finalizar el año?
Gracias